Han vuelto a surgir variadas opiniones que aconsejan denunciar el Tratado Americano de Soluciones Pacíficas de 1948, conocido como Pacto de Bogotá; el mismo que nos invocó Perú, y luego Bolivia para demandarnos ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya. Y resulta lógico planteárselo ante los resultados perjudiciales de la sentencia de la Corte en el caso con Perú, y la incógnita sobre si con Bolivia se declarará incompetente o no, o postergará el asunto para el fallo final, o se declarará competente sólo en parte.
Sentencia preliminar que conoceremos hoy 24 de septiembre. Demostraría nuestro descontento ante lo fallado con Perú, como también nuestra molestia si el resultado con Bolivia tampoco considera las argumentaciones chilenas, o las acoge sólo en parte. Sería atendible examinar el tema sólo una vez dictado el fallo previo, aunque habría que considerar sin reacciones apresuradas, varias otras consecuencias antes de decidir denunciar el Pacto.
De los 35 países de la región, sólo 12 siguen siendo parte del Pacto (Bolivia, Brasil, Chile, Costa Rica, Haití, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana); lo firmaron cuatro sin ratificarlo (Argentina, Cuba, Estados Unidos y Venezuela); y lo han denunciado dos (Colombia y El Salvador). Bolivia lo ratificó sólo el 2011, justamente para demandar a Chile, luego de que insistiera en una reserva muy particular al artículo VI, redactada pensando en Chile, que señalaba: "se considera que los procedimientos pacíficos pueden también aplicarse a las controversias emergentes de asuntos resueltos por arreglo de las partes, cuando dicho arreglo afecta a intereses vitales de un Estado". Es decir, reservándose la capacidad de aplicar el procedimiento judicial ante la Corte, inclusive a los asuntos ya resueltos "regidos por acuerdos o tratados en vigencia en la fecha de celebración del Pacto" (1948). Justamente el Tratado de Límites de 1904 con Chile. O si se quiere más específicamente, antes del 2011, en que Bolivia lo ratificó. Chile objetó dicha reserva, y añadió que de conformidad con las normas vigentes del Derecho Internacional, entre Bolivia y Chile, ya no regía el Pacto de Bogotá. Debió por tanto retirar su reserva, y el Pacto nuevamente entró en vigor.
Tal vez perdimos la verdadera oportunidad de impedir que Bolivia nos demandara, invocándolo, pues entre el 15 de junio de 2011 y el 10 de abril del 2013, el Pacto no vinculó a Bolivia y Chile. Dejamos pasar la oportunidad y Bolivia nos demandó el 24 del mismo mes. Hoy denunciar el Pacto resulta tardío e inoperante al pleito, pues según el propio Pacto, toda denuncia sólo tiene efecto un año después, por lo tanto, seguimos en La Haya, nos guste o no.
Por Samuel Fernández Illanes, Ex diplomático y
docente de la Facultad de derecho, Universidad Central.