Bajan denuncias por no renovación de matrícula en Bío Bío
ESTABLECIMIENTOS. Cifra disminuyó de 100 el 2014 a solo 42 denuncias el 2015.
Una vez que llega diciembre, los reclamos por cancelación o no renovación de matrículas que los apoderados presentan en la Superintendencia de Educación (SIE) también aumentan. Sin embargo, hasta el mes de noviembre del 2015 la cifra alcanzó las 42 denuncias, a diferencia de las 100 denuncias que se presentaron durante el año 2014.
Para Dalton Campos, director Regional de la SIE, la disminución en la cifra de denuncias podría tener que ver con que los establecimientos y sus encargados de convivencia están manejando con mayor seriedad el tema y han internalizado que "este tipo de medidas deben ser tomadas en casos excepcionales, puesto que priva del derecho fundamental de niños y niñas al acceso a la educación", sostuvo.
Cuando un estudiante incurre en una falta grave que ponga en riesgo inminente a miembros de la comunidad escolar, la cancelación de matrícula puede ser aplicada cuando está debidamente estipulada en el reglamento interno, siempre y cuando se haya aplicado mediante un justo y racional procedimiento, considerando además la posibilidad de apelación del apoderado.
Sin embargo, para el Director Regional de la SIE una medida disciplinaria de esta índole es extrema y "no debiera ser considerada sin antes haber agotado todas las otras salidas que pudiesen existir para la resolución de un conflicto", ya que pone en riesgo el derecho a la educación que tienen todos los niños, niñas y jóvenes.
El escenario que presenta la entrada en vigencia de la Ley de Inclusión en marzo de 2016, obligará a los establecimientos educacionales a no considerar el rendimiento académico de los estudiantes para efectos de renovar su matrícula, ni tampoco el cambio en el estado civil de los padres.
Asimismo, los establecimientos no podrán cancelar la matrícula a los alumnos durante la vigencia del año escolar por causales que se deriven del no pago de las obligaciones contraídas por los padres, ya que cualquier medida que se adopte a un estudiante por actos de los padres constituye una discriminación arbitraria, lo que se encuentra prohibido por la Ley General de Educación así como por la Convención de Derechos del Niño.
El Director Regional de la SIE, invitó a los usuarios a acercarse a sus oficinas o a ingresar en su página web www.supereduc.cl para buscar orientación en esta y otras situaciones de discriminación que pudieran surgir en conjunto con el cierre del período de clases, en las distintas actividades que se realizan los diferentes establecimientos.
En cifras
Denuncias
Cifras a la baja en cuanto a reclamos por no renovación de matrícula o cancelación de ésta bajó de 100 el año 2014 a 42 este año 2015.
En el año 2016 la entrada en vigencia de la Ley de Inclusión en el mes de marzo, obligará a los establecimientos a no considerar el rendimiento académico para efectos de renovación de matrícula.