Juez de Chillán refuta denuncia de vecino
JUDICIAL. No cumplió con regularizar construcción por la que se le multó.
Una inmediata respuesta dio el titular del Juzgado de Policía Local de Chillán, Ignacio Marín, a la denuncia planteada por Héctor Javier Campos Flores, quien atribuyó la multa que se le cursó por plantar un árbol en el frontis de su casa a un presunto "tráfico de influencias".
El magistrado detalló el modo en que se investigó el caso, refutando tal afirmación.
Según explicó, la situación comenzó con una denuncia formulada en Inspección Municipal, por el vecino de la Villa San Miguel, Héctor Campos Flores, en contra de Hugo Rohr Uribe, a quien se le cursó con fecha 29 de julio de 2013 una infracción por no dar cumplimiento a notificación Nº 56674 de restituir cierre perimetral, retirar reja y cerco vivo, infracción que motiva el proceso rol N°5241-2013 del Primer Juzgado de Policía Local de Chillán.
"En dicha causa, formulados los descargos por el denunciado, acompañados antecedentes y efectuada el jueves 10 de octubre de 2013, la inspección del tribunal, con asistencia de este magistrado, la secretaria abogado, actuario y una arquitecto, funcionaria de la Dirección de Obras, se constató la denuncia, dictándose sentencia en contra de Hugo Rohr Uribe, con aplicación de multa, y ordenándose que el infractor debe, en el plazo de treinta días, retirar cerco vivo de ligustrinas que se ubica frente a su vivienda, ocupando parte de un bien nacional de uso público, y rectificar además la reja que divide su propiedad con la de su vecino, manteniéndola sola hasta el límite del antejardín, de acuerdo al plano de loteo aprobado".
El denunciado Hugo Enrique Rohr Uribe pagó la multa y cumplió dentro de plazo lo ordenado en la sentencia.
No obstante, con fecha 5 de junio de 2014, el Director de Obras Municipales de Chillán formuló una denuncia, esta vez en contra de Héctor Campos Flores, por incumplimiento al artículo 116 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, al instalar un pino ornamental y adocretos en un bien nacional de uso público, además que la construcción destinada a estacionamiento no cuenta con permiso de edificación, evidenciándose en su ejecución falta de muro de adosamiento, porcentaje de adosamiento y altura fuera de norma y canal de aguas lluvias que se encuentra instalado traspasando los deslindes de su propiedad. Dicha denuncia consta en el proceso rol N°3538-2014 del Primer Juzgado de Policía Local de Chillán.
En dicha causa, formulados los descargos por el denunciado y acompañados los antecedentes, se efectuó el jueves 29 de agosto de 2014, inspección del tribunal con asistencia de magistrado, la secretaria abogado, actuario y una arquitecto funcionaria de la Dirección de Obras, donde se constató la denuncia y se dictó sentencia con aplicación de multa, ordenándose que el infractor debe en el plazo de 30 días, retirar el pino ornamental y adocretos instalados frente a su vivienda, ocupando parte del bien nacional de uso público, y regularizar la construcción destinada a estacionamiento.
El denunciado pagó la multa y de acuerdo a lo informado con fecha 17 de agosto de 2015 por el director de Obras Municipales de Chillán, no registra ingreso de solicitud de edificación para la regularización de la construcción, por lo que no cumplió dentro de plazo lo ordenado en la sentencia.
Según afirmó el juez, Héctor Javier Campos Flores falta a la verdad al atribuir una acción prepotente de su parte. "Esa no ha sido nunca mi forma de proceder, y además, no podría pronunciarme anticipadamente respecto de una infracción y de una multa, mientras no se encuentra dictada la sentencia", aseveró Ignacio Marín.