En nuestro país, y particularmente en el seno del Congreso Nacional, la política del castigo, o de las sanciones, parece haberse impuesto entre los legisladores que cada vez con más fuerza impulsan proyectos de ley que resultan más coercitivos que ejemplarizadores para cambiar conductas que resultan, a los ojos de la sociedad, como perjudiciales o dañinas.
Esta semana, un grupo de parlamentarios de Amplitud presentó un proyecto de ley que busca castigar con fuertes multas en dinero o hasta la privación de libertad por causar daños, principalmente por rayados o grafittis, en bienes de uso público, monumentos nacionales o bienes privados, sin el consentimiento de sus propietarios.
Hay consenso que muchos de estos rayados provocan rechazo en la comunidad. Un ejemplo de ello ocurre en el principal edificio de gobierno, la Gobernación Provincial de Ñuble, el cual es considerado un verdadero patrimonio arquitectónico e histórico de la provincia, pero que permanentemente es objeto de rayados en sus muros, pese a las inversiones y cuidados de la autoridad por mantenerlos en buenas condiciones de presentación. Nadie esperaría ver con tal cantidad de rayados al Palacio de La Moneda, en Santiago, sin embargo ese grado de descuido se observa en la sede del gobierno local.
La iniciativa de ley propone pretende tipificar el daño que provocan los rayados o colocación de carteles, sancionando con multas que van desde las 15 a las 20 UTM a quienes ocasionen daños cuyo importe exceda las 40 UTM en el caso de que los afectados sean bienes públicos o privados. También se plantea modificar la Ley 17.288, de Monumentos Nacionales, para incluir penas de hasta 5 años de cárcel y multa de 100 a 200 UTM al causar daños a inmuebles ubicados en sitios declarados patrimonio de la Humanidad por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura.
Los legisladores proponen continuar con la política de las sanciones, pero se olvidan de educar -sobre todo a los infractores jóvenes, que es la mayoría de los casos- sobre la importancia de la valoración y del cuidado del patrimonio, como asimismo no contemplan tampoco la posibilidad de insertarlos en programas de protección del mismo o la aplicación de medidas alternativas al castigo pecuniario o privativo de libertad, como la reposición del daño causado o el cumplimiento de trabajos comunitarios, que en la práctica posibilitan que los tribunales puedan aplicar medidas más ejemplarizadoras y, a la vez, educadoras. Al mismo tiempo, debiera entregársele atribuciones a inspectores municipales para sancionar estas infracciones, evitando recargar única y exclusivamente la labor de las policías.