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Reforma al Código de Aguas afectará la inversión en el sector

Agro. Ex autoridades del Ministerio de Agricultura advirtieron por sus efectos.
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Muy preocupados, porque la reforma al Código de Aguas que está llevando adelante el Gobierno de la Presidenta Bachelet se traducirá en una notoria disminución de la inversión en el sector agrícola, se manifestaron el ex Ministro de Agricultura, Luis Mayol, y el ex secretario ejecutivo de la Comisión Nacional de Riego, y actual gerente general de MAS Recursos Naturales, Felipe Martin.

Ambos advirtieron que ello se debe a que varias modificaciones, que se pretenden incluir al cuerpo legal, se traducirán en la generación de una gran incertidumbre en torno al uso del agua por parte de los agricultores, quienes en primer lugar deberán analizar si vale la pena invertir en cultivos y, en segundo, de arriesgarse a hacerlo, enfrentar las resistencia del sistema bancario a entregar créditos debido a la falta de garantías.

Martin lo ejemplificó señalando que "si tengo que poner un huerto, donde las plantas y el terreno son míos, pero no soy dueño del agua sino que tengo sólo vigencia sobre ese derecho, el cual pueden caducar en cualquier momento, o me lo entregan por un menor plazo del que necesito, obviamente no podré hacer esa inversión por el tremendo riesgo que corro".

"A nivel de banco -prosiguió Mayol-, si uno tiene un derecho respecto del cual no tiene el atributo de disposición, y se necesita garantía para hacer una inversión, y acude y lo ofrece como tal, el banco va a analizar este derecho y va a decir: usted no es propietario y no lo puedo recibir como garantía".

Mayol, quien forma parte del Directorio de la empresa consultora MAS Recursos Naturales, explicó que el principio rector del proyecto, actualmente en trámite en la Cámara de Diputados, se encuentra en su artículo primero transitorio que, si bien establece que los derechos ya otorgados no serán caducados, lo cual está de acuerdo a la ley, sólo los reconoce como vigentes. "Este reconocimiento no corresponde al concepto del derecho de propiedad ni a la anunciada garantía de dominio para los derechos ya adquiridos", advirtió.

Agregó que la propuesta gubernamental elimina el atributo de disposición, el cual es un atributo de la esencia del dominio que, al ser eliminado, lo extingue; sustituye en todo el articulado del Código de Aguas la palabra "dueño" o "propietario" por la de "titular"; establece plazos de caducidad para derechos ya otorgados y limita el tiempo de vigencia de los nuevos derechos sobre el recurso, entregados a concesión, a un máximo de 30 años, siendo susceptible de ser caducado en cualquier momento.

"El ser dueño -detalló- implica tener determinados atributos, de usar, gozar, disponer, de exclusividad, de perpetuidad. Y cuando cambian los atributos del dominio y quieren convencer a la población que sólo es un cambio semántico, que da lo mismo decir propietario que titular, eso está completamente alejado de la verdad".

Finalmente, destacaron que se produce una desigualdad respecto del trato que se da al sector hidroeléctrico, puesto que se le otorga cierta certeza jurídica, al señalar que la concesión sobre los nuevos derechos a entregar no puede ser inferior a 20 años. Por lo tanto, tienen al menos la seguridad de un plazo mínimo para dirigir su inversión y estimar su crecimiento productivo. En cambio, en materia de derechos de aprovechamiento para los agricultores, sanitarias y mineras, se regula en forma totalmente inversa, ya que no existe un plazo mínimo para la concesión. Sólo señala que no puede ser superior a 30 años. Es decir, puede ser reducida en cualquier momento de ese período en caso que el Gobierno lo determine.