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Solicitarán la intervención del Gobierno por aguas termales

chillán. El ex Director de Obras del municipio pinteño, Carlos Muñoz, señaló que se reunirá

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Compleja es la situación actual de las aguas termales de Chillán, debido que el ex Director de Obras Municipal de Pinto, Carlos Muñoz, indicó que solicitará la intervención del Gobierno para que tome cartas en el asunto en cuanto al uso y utilidad de esta fuente natural.

En este sentido, el ex funcionario pinteño ha manifestado en reiteradas oportunidades que esta lucha es para el beneficio de toda la comunidad y que la ley lo respalda en sus argumentos, pues afirma que los bienes del Estado no deben ser explotados por privados y que las autoridades locales no estarían interesadas en resolver esta polémica.

"Los expertos dicen que las aguas termales son de uso público, pero nadie ha tratado este tema que es muy fundamental y yo alabo que los expertos nos estén dando la razón, porque yo se los planteé a los concejales en su momento, que si ellos no hacían nada, lo iba a hacer yo, y fue así que en octubre del año pasado presenté una carta al Ministerio de Bienes Nacionales solicitándole que estudiaran la situación de las aguas termales de Chillán, y por qué digo que se está obviando un asunto muy importante, porque el decreto 1.193 -que no ha sido derogado y que rige desde 1899- dice que la termas son de utilidad pública, es decir, son aguas curativas y medicinales. Yo no hablo en base a supuestos y próximamente me reuniré con la gobernadora provincial y también con el intendente regional, para exponer esta situación".

Carlos Muñoz añadió que "el Presidente Carlos Ibáñez Del Campo -en 1931- dictó el decreto 237, entonces aquí estamos hablando de uso público, porque cualquier persona podría entrar, pero se está hablando también de utilidad pública y esta última es para todos no para una elite. ¿Cuánto nos cuesta ir a darnos un baño termal a las termas?, cuando debiera la propia autoridad o el propio Concejo Municipal tomar cartas en el asunto. Esto yo se los señalé en la reunión del 1 de agosto pero no han hecho absolutamente nada", explicó.

Municipio

Desde el municipio chillanejo, el concejal Jorge Marcenaro, quien además integra la Comisión Termas de la administración local, discrepó con lo mencionado por Carlos Muñoz, argumentando que existe un fallo judicial vigente dictado por la Corte Suprema al respecto.

"En el caso de las aguas termales, está en un fallo de 1954, donde hubo de parte del Ministerio de Salud una acción judicial la cual decía que las aguas termales por ser una fuente natural curativa le pertenecían al Ministerio de Salud y presentaron una demanda en contra de la Municipalidad de Chillán, porque este municipio históricamente las venía administrando y explotando. Pero esto llegó a la Corte Suprema y esta última determinó en esa época que las aguas termales del fundo Termas Minerales de Chillán eran propiedad de la Ilustre Municipalidad de Chillán y eso fue zanjado por la Corte Suprema de Chile y eso está vigente; por lo tanto, al pertenecer al municipio las puede explotar, concesionar, por lo que en este minuto está en concesión a la empresa Consorcio Nevados de Chillán", explicó.

Sin embargo, el edil Jorge Marcenaro admitió que fue un error que estas aguas no se inscribieran en el momento oportuno. "Como consecuencia, pedí el año 2000 que se inscribieran tanto las aguas termales como la potable y el contralor municipal Wenceslao Vásquez me llamó a su oficina y me dijo: ", aclaró.

Agua Potable

Otro tema que ha sido puesto en el debate público es el uso del agua potable en aquel sector turístico cordillerano de Ñuble, el cual la ex autoridad municipal de Pinto, Carlos Muñoz, sostuvo que tampoco existe claridad y que se debería tomar más en cuenta.

"El año pasado, en la reunión del concejo con fecha el 1 de agosto del 2014, se expuso lo mismo que están diciendo ahora los expertos y la única solución en este aspecto es que Essbio se haga cargo del tema del agua potable. La Dirección General de Aguas (DGA) quiere prohibir un poco el asunto del consumo de agua potable en el sector Las Termas, lo que traería como consecuencia que dicho sector se quede sin agua, pero esto es un problema ciudad porque todos los entes -llámese municipalidad, gobernación, servicios públicos- no han tenido una mirada hacia el sector de las termas".

Asimismo, recalcó que "hace 7 meses yo planteé esa situación, pero ninguna autoridad se ha preocupado del tema del sector de la termas. El alcalde Fernando Chávez se ha preocupado de dotar de agua potable a los sectores que le corresponde, como Las Trancas, Los Pitiles, Shangri-Lá, pero quiero ser bien enfático, en el sector de Pinto, el cordón cordillerano está como sector urbano donde hay una cooperativa de agua rural y eso le impide por ley postular a proyectos de agua potable rural; es decir, en un sector urbano no puede participar un ente rural", dijo.

Consultado sobre esta situación al concejal Jorge Marcenaro, el edil señaló que "lo que no está claro es el tema del agua potable, porque a pesar de mi insistencia, la municipalidad hasta la fecha nunca actuó oportunamente para inscribir esas aguas, solamente en noviembre del año pasado frente a mi majadera insistencia, la municipalidad presentó a la Dirección General de Aguas una regularización".

En este sentido, Marcenaro reconoció la reunión que como concejo sostuvieron con Carlos Muñoz. "Tuvimos una comisión donde invitamos a Carlos Muñoz, porque él tiene mucha experiencia como ex Director de Obras de la Municipalidad de Pinto, y efectivamente él expuso unas iniciativas que me parecen correctas y una de esas es ponernos de acuerdo todos los actores involucrados, más la empresa concesionada, Somontur, que todavía tiene algunos activos, deberíamos todos llegar a un acuerdo para solucionar el problema del agua y un camino factible sería que Essbio pudiera instalar una planta", comentó.

Aspecto Jurídico

Frente a las diferencias en esta materia, el director jurídico y administrador municipal (s) de Chillán, el abogado Pedro San Martín, apuntó que aquí no hay ninguna irregularidad.

"El fundo Termas Minerales de Chillán es de dominio municipal y al ser un bien municipal, la municipalidad conforme a su ley orgánica tiene determinadas atribuciones en relación a estos bienes, entre ellos la concesión para que pueda ser explotado por un tercero, en este caso por un particular. Desde el punto de vista de la concesión, no hay reparo alguno en orden a que es una atribución del municipio disponer de sus bienes; entonces la concesión le entregó parte del fundo Termas Minerales de Chillán a un concesionario con la finalidad de que este desarrollara actividades con fines lucrativos, que forma parte del giro del empresario, pero en relación a las aguas termales y de acuerdo a la normativa de nuestro Código Civil que data desde el año 1857, dice que le pertenecen al propietario todas las aguas que nacen y mueren dentro de su predio", sentenció tajante.

"En relación a las aguas termales y de acuerdo a la normativa de nuestro Código Civil que data desde el año 1857, dice que le pertenecen al propietario todas las aguas que nacen y mueren dentro de su predio".

Administrador Municipal (S)

El abogado y director de la Unidad Jurídica del municipio de Chillán, Pedro San Martín, confirmó que se le enviará una respuesta concreta al Secretario Regional Ministerial (S) de Bienes Nacionales, Héctor Tolra, debido a que por solicitud de este último, la Municipalidad tiene que clarificar de ac uerdo al Decreto de Ley 237 de 1931. "Se le va a enviar una respuesta al secretario regional ministerial de Bienes Nacionales indicándole cuál es la posición que tiene el municipio frente a las aguas que nacen y mueren dentro de nuestro predio. Además, existe un fallo de primera, segunda instancia y un reconocimiento por parte de la Corte Suprema de los derechos que tenemos sobre las aguas termales".

1862

Nace el primer concesionario de las Termas para otorgar mayor comodidad de sus visitantes.

1880

El 20 de julio de ese año, el Fundo Termas de Chillán se inscribe a nombre del municipio local en el Conservador de Bienes Raíces.

1899

Se dicta el decreto 1.193 que dice relación que las aguas termales son de utilidad pública.

1910

Se publica en un medio escrito de la época la importancia de estas aguas.

1931

Decreto con fuerza de ley que reconoce las aguas termales como medicinales.

1954

La Corte Suprema reconoce que las aguas termales son propiedad del municipio de Chillán.

2000

Se solicita la inscripción de las aguas termales y potable a nombre del municipio local.

10.000 hectáreas

Comprende el predio de superficie esquiable en las Termas de Chillán considerada una de las más grandes de Sudamérica y cuenta además con nueve piscinas de azufre y hierro.

237 Decreto

con fuerza de Ley suscrito en 1931 por el Presidente Carlos Ibáñez del Campo que dice relación que las aguas termales es un bien de uso y utilidad pública.

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