Danny Fuentes Espinoza
Son dos los litigios que, desde 2015, estaban tramitando los tribunales civiles de Chillán, debido a las denuncias ante la Dirección General de Aguas que presentó la Junta de Vigilancia del Río Diguillín en contra del municipio chillanejo.
En el libelo se acusó la existencia de 15 puntos de captación ilegal de recursos hídricos, en el sector de Las Termas. No obstante, la Corte de Apelaciones ya zanjó la polémica judicial en uno de esos juicios, absolviendo a la casa consistorial de nueve cargos que implicarían millonarias multas.
El fiscal judicial Solón Vigueras fue encargado de redactar el fallo, evacuado el 26 de julio. En él, recuerda que el Segundo Tribunal Civil de Chillán decidió en febrero, "absolver al municipio por las 9 infracciones denunciadas, fundándose el sentenciador en que la captación de aguas de dicha institución (municipio) se encuentra amparado por el artículo 7 del decreto ley 2.609", que establece que se presume como dueño del derecho de aprovechamiento de las aguas a quien lo sea del inmueble que se encuentre utilizando.
La Junta de Vigilancia del Río Diguillín y sus afluentes, representada por el abogado Pablo Vallejo, presentó un recurso de casación (de forma) exponiendo que la captación de aguas por parte del municipio afecta aproximadamente a 1.800 personas, y agregaron informes técnicos que habrían dado cuenta de extracciones ilegales, ya que el municipio de Chillán no poseería los derechos de aprovechamiento de aguas, por no contar con la autorización de la Dirección General de Aguas (DGA).
El municipio, por su parte, reconoció el uso de las aguas y la disposición de obras necesarias para captarlas. Así también, explicó que están en proceso de regulación de estos derechos. Finalmente, fue esa la tesis que acogió la Corte de Apelaciones, que incluso planteó que "resulta un contrasentido insubsanable que (...) se le sancione en esta causa por extracción no autorizada como lo pretenden los apelantes, siendo que es de criterio de este tribunal que el informe desfavorable de la autoridad administrativa no es vinculante para la Corte, pues deben ponderarse otros antecedentes".
Francisco Saldías, juez de aguas de la Junta de Vigilancia dijo que hasta ahora no ha sido notificado de la resolución de la causa en la que el ministro Christian Hansen se inhabilitó, puesto que es padre del administrador de las Termas de Chillán, Christian Hansen Richter.
Seis puntos de captación siguen en pugna
En el municipio de Chillán dijeron sentirse conformes con la resolución de la Corte de Apelaciones; no obstante, es el mismo tribunal de alzada el que se encuentra resolviendo la pertinencia de pruebas que como casa consistorial expusieron en una segunda pugna judicial que se tramita en el primer juzgado civil. En dicho caso, el tribunal se encuentra pronto a fallar, con la salvedad que arriesgan seis multas denunciadas por la misma Junta de Vigilancia del Río Diguillín; no obstante, esperan que el juicio se resuelva sobre todos los antecedentes expuestos.