Fallo de la Corte de Apelaciones abre la puerta para rebajar pena a condenados
CHILLÁN. Con inédito rechazo a recurso de queja, por caso de robo con violencia, se fija un precedente tras eliminación de agravante de 'pluralidad de malhechores' que derogó la Agenda Corta Antidelincuencia . Expertos culpan al Senado.
Los temores planteados por el Ministerio Público respecto a lo que fallaran los tribunales de alzada que recibieran alguna impugnación judicial, por la rebaja de la pena de sujetos condenados con la agravante de pluralidad de malhechores, quedaron justificados una vez que la Corte de Apelaciones de Chillán decidiera rechazar un recurso de queja interpuesto por la fiscalía local contra dos hombres que fueron liberados por el Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de esta ciudad.
Lo anterior tiene su génesis en la reciente publicación de la denominada Agenda Corta Antidelincuencia, que entre otras medidas valoradas para combatir la delincuencia y endurecer las penas, derogó la mencionada agravante, beneficiando a los condenados con esta circunstancia inédita.
El caso en cuestión
El 16 de septiembre, cuando la ciudadanía se aprestaba a celebrar las Fiestas Patrias, Ignacio Kopp y Guillermo Vega fueron dejados en libertad por el Tribunal Oral chillanejo, luego que la abogada de la Defensoría Penitenciaria, Francisca Vásquez, pidiera revisar la condena de ambos, atendido a que el 19 de enero de 2015 los habían condenado por un robo con violencia a la pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, lo que implicaba que cumplieran la sentencia en la cárcel.
Sin embargo, como se les condenó con la agravante que ahora fue derogada, su pena fue rebajada a tres años y un día; "favoreciendo a los condenados con la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva, respecto del tiempo que les reste para el cumplimiento de la condena". Fue así como los gendarmes les quitaron las esposas y grilletes, para que salieran por la puerta principal del tribunal.
Similares casos ocurrieron en tribunales orales de otras ciudades del país, por lo que, atendida la instrucción de la Fiscalía Nacional, el fiscal Eduardo Planck presentó un recurso de queja contra los jueces Jorge Muñoz, Marcela Ramírez y la jueza suplente, Antonieta Núñez, por estimar que se habían excedido en sus atribuciones.
El recurso fue alegado en la Corte de Apelaciones de Chillán el 12 de octubre por el jefe de la Fiscalía Local de la capital provincial, Pablo Fritz, quien admitió que atendida la trascendencia que podría tener el caso, asumiría la causa velando el interés del Ministerio Público, que por primera vez en el país alegaba dicha instancia judicial.
Recurso rechazado
El 4 de noviembre, la primera sala de la Corte de Apelaciones, presidida por el ministro Guillermo Arcos y compuesta también por Christian Hansen y el abogado integrante Juan de la Hoz, evacuó su fallo rechazando el recurso interpuesto por la fiscalía.
En un documento de ocho páginas se recapitulan los antecedentes, partiendo porque el Ministerio Público expuso que con la liberación de Ignacio Kopp y Guillermo Vega "se infringe gravemente el ordenamiento jurídico nacional vigente", toda vez que aplicando la nueva normativa (que derogó la agravante), y considerando que el Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal rebajó la pena, se creó "un nuevo estatuto jurídico, una tercera ley", que mezcla aspectos de la reglamentación anterior con la actual, que en términos jurídicos se denomina 'Ley tertia'".
Además, el fiscal Planck había argumentado que para el caso del robo con violencia en cuestión, que establece una forma de determinación de la pena (según el artículo 449 del Código Penal), no se aplicó el límite mínimo señalado por la Ley, que corresponde a 5 años y un día.
Por su parte, los jueces del Tribunal Oral cuestionados respondieron que "la nueva Ley no está, como dice el Ministerio Público, dando la posibilidad a los sentenciadores de aplicar una pena inferior, sino que derechamente elimina la agravante (...) por lo que no corresponde considerarla para determinar la penas".
Los magistrados de la Corte de Apelaciones, en tanto, resolvieron que si bien la discusión "se trata de aspectos interpretativos sobre diversas materias que deben resolverse caso a caso", lo importante en los recursos de queja es "averiguar y establecer si los jueces recurridos, al ejercer la función judicial (...) incurrieron o no en falta o abuso que deba ser enmendado por la vía disciplinaria".
Considerando lo anterior, los jueces del tribunal de alzada resolvieron que "los intervinientes (Fiscalía y Defensoría Penitenciaria) sostienen posiciones interpretativas diferentes, ambas perfectamente legítimas, que al parecer de esta Corte aleja toda posibilidad de estimar que en la decisión jurisdiccional se haya cometido una falta o abuso".
Reacciones
Desde la Fiscalía informaron que si bien se referirán al traspié que sufrieron en la Corte, se encuentran analizando el fallo, y tal como planteó en octubre el fiscal Fritz presentarán todos los recursos disponibles para frenar la rebaja en las condenas, a propósito de la modificación de la Ley con la Agenda Corta Antidelincuencia. Aunque, de hecho, ya se han presentado dos recursos de queja en Ñuble que serán vistos por la Corte en las próximas semanas.
El abogado penalista Rodrigo Vera dijo que "analizado el fallo, se entiende que plantea una doctrina correcta". De hecho, reafirma que "existía expectación a nivel nacional por lo que fallaran los jueces de esta Corte, porque si bien los fallos pueden variar en otras Cortes, se fijó un antecedente importante que también los tribunales de otras ciudades de Chile van a tener en consideración". Además, en términos de percepción, dijo que "el común de los ciudadanos será impactado al ver cómo los condenados comienzan a ver rebajada su pena".
Culpan al senado
El abogado Rodrigo Vera indicó que existe "un aparente error formal que habría cometido el parlamento al eliminar la agravante de la pluralidad de malhechores. Con el fallo, los jueces lo que hicieron fue sólo aplicar el Derecho de acuerdo a lo que el legislador propuso. Por ende, se ha resuelto de acuerdo a la normativa".
De forma más certera, el diputado Gonzalo Fuenzalida, uno de los miembros más activos de la Comisión de Seguridad Ciudadana, también reaccionó con resquemor frente a la decisión de la Corte, pero entiende que está ajustada a Derecho.
"Creo que efectivamente hubo un error en la modificación que se hizo en el Senado, porque ahí fue donde se realizó, no en la cámara de Diputados", apuntó.
Además, recordó que toda nueva ley que beneficie a un imputado, acusado o condenado, "se concede y eso es lo que está pasando hoy, por lo que existe una única manera, que es modificar el Código Penal. Eso sí, el error ya está hecho, porque ante una modificación no se puede aplicar de manera retroactiva".
Por su parte, el senador Felipe Harboe señaló que no se trató de un error del parlamento. "Esta es una modificación hecha a petición del Ministerio Público, en razón de que en la práctica estaba ocurriendo que esta agravante se aplicaba muy poco, porque los jueces estaban exigiendo un estándar muy alto para aplicarla, entonces se cambió por una agravante distinta para hacerla más eficiente".
Asimismo, planteó que las solicitudes para rebajar las penas van a variar dependiendo de los casos y los tribunales. "Estas son normas interpretables y si en algún momento se tiende a masificar la interpretación judicial más benevolente para el delincuente, obviamente se harán las modificaciones", señaló el senador Felipe Harboe.
"Ceo que efectivamente hubo un error en la modificación que se hizo en el Senado, porque ahí fue donde se realizó, no en la cámara de Diputados"
Gonzalo Fuenzalida
Diputado miembro de la Comisión de Seguridad Ciudadana"
Diputados buscarán "reparar el error"
El diputado Gonzalo Fuenzalida, miembro de la Comisión de Seguridad Ciudadana, planteó que atendido "el error en que incurrieron los senadores al derogar la agravante", presentaron hace menos de un mes un proyecto para reincorporar la agravante, "aunque con la salvedad de que sea una agravante la actuación en delitos contra la propiedad de dos o más personas. Esto, porque la jurisprudencia entendía que esa palabra hacía referencia a reincidentes". En todo caso, el diputado RN recalcó que "lamentablemente", la ley no tiene efecto retroactivo, por ende todos los condenados hasta la fecha de la promulgación del proyecto se verán beneficiados.
5 de julio Entró en vigencia la denominada Agenda Corta Antidelincuencia, que abordó varias medidas para mejorar la seguridad y derogó la agravante de 'pluralidad de malhechores'.
21 De septiembre Ingresó a la Corte el recurso de queja de la fiscalía local por la rebaja de pena de dos sujetos condenados por robo con violencia. Condena se redujo de 5 años y un día a 3 años y un día.