Gobiernos regionales
Señor Director: Tras dos años tramitación en el Congreso -boletín 9.834-06, ingresado el 05.01.15, refundido con los 10.330-06, 10.422-06 y 10.443-06, ingresado este último el 15.12.15-, ayer el Diario Oficial publicó la ley N° 20.990, que modificando los artículos pertinentes de nuestra Constitución, dispone la elección popular del órgano ejecutivo del gobierno regional, que debería estrenarse este año eleccionario. No obstante el tiempo transcurrido y la capacidad intelectual de los personeros involucrados, tanto de gobierno, como del Congreso, quienes cuentan con asesores tanto o más inteligentes que ellos, y todas las reuniones "transversales" sostenidas para hacer una norma legal de excelencia y aclaratoria y/o correctora de otras "relacionadas" vigentes, la cosa no está del todo clara. Y empezaron los "ay-ay-ayes", siendo el primero de ellos el privilegio que de momento tendrían los congresistas para candidatearse a uno cualquiera de estos neo-cargos regionales sin renunciar previamente a su calidad o condición de diputado o senador, que sí resulta atendible si se presentan a re-elección, de una parte.
De otra, para ser elegido gobernador regional y para ser designado delegado presidencial regional o provincial, los requisitos son homologados a aquéllos para ser candidatos a consejero regional, alcalde o concejal, es decir: ser ciudadano con derecho a sufragio, tener los demás requisitos de idoneidad que la ley señale, en su caso, y residir en la región a lo menos en los últimos dos años anteriores a su elección o designación.
Tratándose de personeros regionales (ahora ex-intendentes, y los "consejeros") y provinciales (ex-gobernadores), no hay nada que alegar en cuanto a su residencia en la región respectiva, pero tratándose de alcaldes y concejales, su residencia ha de estar circunscrita a la correspondiente comuna.
Esta nueva legislación, no obstante la oportunidad para hacerlo, no aclara qué debe entenderse por "residencia", que el sentido común nos dice que no es otra cosa que tener domicilio privado, morada habitual en la zona electoral correspondiente, muy distinto del domicilio laboral, profesional, comercial o "domicilio electoral", que puede fijarse en cualquier parte. Esta aclaración-correctiva no dada atañe directamente a los diputados, quienes recurren a cualquier artimaña para acreditarla por el distrito que sea, y debería re-establecerse como requisito, en la respectiva circunscripción, para los candidatos al Senado. Por lo visto, hacer esta aclaración no le conviene a ninguno.
Jorge Saavedra Moena.
Imagen de Arturo Prat
Señor Director:Ante la portada de un conocido semanario chileno utilizando la imagen del héroe máximo de nuestra historia patria Arturo Prat Chacón, me pregunto: ¿Hasta adonde es lícito o legítimo que por el sensacionalismo y la mediatización que genera una portada impactante, pase a llevar las bases de una de las instituciones más nobles de la República? ¿No es el vil lucro lo que persiguen generando un impacto mediático sin importar las consecuencias?
El ejemplo de Prat como profesional de derecho, oficial de marina y padre de familia es ampliamente conocido, banalizarlo ante un caso injustificable y condenado públicamente atenta contra las bases mismas de nuestra cultura republicana.
Francisco Sánchez, Director Ejecutivo Círculo Acton Chile.
Guillier: ¡Se define y a cobrar!
Señor Director:Porcentajes de más, porcentajes de menos, lo único que falta para que Alejandro Guillier se calce la tricota rosada de ganador de la carrera presidencial, es nada más y nada menos que 1) se defina claramente en cuanto a la verdad de su divorcio de la política tradicional en la forma y en el fondo, 2) con quienes, con nombres y apellidos, gobernaría de ser elegido y por su puesto 3) conocer en detalle su proyecto de gobierno en todas las materias, cualquier otra manifestación de su parte, simplemente no le ayuda en nada para ratificar su vertiginoso ascenso en las encuestas. No debe olvidar el senador Guillier que candidatos (as) anteriores a la presidencia ya han hecho suyas las definiciones 1) y 2), pero cuando llegan a La Moneda terminan conviviendo y gobernando con los mismos políticos de siempre. El senador Guillier tiene la palabra.
Luis Enrique Soler Milla.
Ser Presidente de República
Señor Director:Ser Presidente de nuestra República no es ser -como escribe en Carta del Jueves 05 del presente el Sr. Soler Milla- un ciudadano cualquiera sino alguien con la más alta cuali y calificación capaz de dirigir a profesionales que nombrará como Ministros y en los diferentes puestos que le corresponderá dirigir para retornar a nuestra República al sitial que le corresponde camino del cual ya llevamos un tiempo desviados.
Ser Presidente de Chile es algo más serio de lo que se está considerando en este momento y ello es la causa de nuestro rumbo desviado que nos lleva desviado del rumbo a buen puerto.
Víctor Volante L.