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Condenan a gendarme sorprendido ingresando droga a la cárcel de Bulnes

JUDICIAL. El cabo Carlos Rocha aceptó en juicio abreviado que portaba marihuana y cocaína cuando fue detenido. Tribunal dictó tres años y un día de libertad vigilada.
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La irreprochable conducta anterior y la colaboración sustancial con la investigación fueron las circunstancias atenuantes que valoró el tribunal de Garantía de Bulnes para condenar a 3 años y un día de libertad vigilada a Carlos Rocha, cabo de Gendarmería que en abril de este año fue sorprendido ingresando droga al recinto penitenciario de esa ciudad.

La fiscal Maritza Camus confirmó la situación que afectó a la institución penitenciaria, y que en un comienzo tuvo el carácter secreto. "La investigación se inició por una denuncia desde el interior del recinto penitenciario", confirmó la abogada persecutora, quien agregó que "se le condenó a 3 años y un día, porque tenía la agravante de intentar ingresar la droga y además ser funcionario público. En este caso, él tenía irreprochable conducta interior y colaboró con la investigación", comentó la fiscal Camus.

El gendarme fue sorprendido la mañana del 14 de abril cuando iba a ingresar a su turno de trabajo. "Llegó portando 52 gramos de marihuana elaborada, no dosificada, y trató de ingresarlas al recinto penitenciario. Después, cuando se percata que hay personal que pudiese supervisarlo, se devuelve a la vía pública, dejando la droga debajo del asiento de su vehículo", relató la fiscal Camus, quien añadió que con posterioridad llamó al OS7 de Carabineros, quienes allanaron el móvil, encontrando 2 gramos de clorhidrato de cocaína, la que fue incautada. El gendarme estuvo en prisión preventiva hasta ayer, cuando se dictó la pena sustitutiva de libertad vigilada.

Desde Gendarmería informaron que el condenado fue suspendido de sus funciones mientras se tramita su desvinculación, y que "no van a a amparar ningún acto que riña contra la probidad administrativa".

Sujeto que asesinó a travesti es sentenciado a 12 años de cárcel

JUDICIAL. Condena dejó disconforme a la familia que esperaba presidio perpetuo contra Juan Cartes, quien degolló y luego enterró a su víctima en sector Quilmo.
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Danny Fuentes Espinoza

Sin atisbo de mostrar emoción alguna, Juan Luis Cartes escuchó atento la decisión de los jueces del tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Chillán, quienes ayer le comunicaron que deberá cumplir una pena de 12 años de cárcel por el parricidio de Miguel Ángel Melgarejo, joven travesti que fue su pareja por más de un año, y a quien asesinó y enterró en el sector de Quilmo, en junio de 2016.

La audiencia duró ocho minutos, y en ella, la jueza Marcela Ramírez señaló los detalles resolutivos, que considera entre otros aspectos que el condenado deberá cumplir la pena de manera efectiva, no deberá pagar costas y al término del periodo de reclusión se le tomará una muestra biológica para quedar en el registro de sentenciados.

Si bien la fiscalía había pedido presidio perpetuo calificado en su acusación, durante el juicio reconoció que el 6 de agosto del año pasado, Juan Cartes dio detalles del lugar donde había enterrado a quien había sido su conviviente; gracias a ello, pudo tener una atenuante de responsabilidad penal.

"Esta sentencia está dentro del marco aplicable. El tribunal calificó la aminorante de cooperación sustancial y estaba dentro de la posibilidad, porque de no mediar la información entregada por el imputado, no hubiese sido posible encontrar el cuerpo, lo que facilitó las diligencias investigativas", dijo a la salida de la audiencia el jefe de la fiscalía local de Chillán, Pablo Fritz.

La sentencia no dejó conforme a la familia. "Él (Juan Cartes) no mató a un perro, mató a una persona. Todos esperábamos la pena máxima, el presidio perpetuo", dijo Carolina Burgos Riquelme, hermana de la víctima, quien murió a los 20 años.

Parricidio

Esta es la segunda vez que un tribunal de Juicio Oral en Lo Penal dicta veredicto condenatorio por parricidio entre dos personas del mismo sexo. La primera vez fue el año pasado en San Antonio; sin embargo, la Corte de Apelaciones de Valparaíso revocó la sentencia al considerar que la norma legal está fijada de acuerdo a parejas de distinto género.

Pese a este antecedente, los jueces del tribunal local condenaron por parricidio, y en la sentencia (de 21 páginas) razonaron en función de la definición de la Real Academia Española y la tipificación de parricidio, que establece la convivencia indistintamente del género de la pareja.

Defensa evalúa recurso de nulidad

El jefe de la Defensoría local de Chillán, Antonio Guerra, anunció desde la lectura de veredicto que presentará un recurso de nulidad ante la Corte de Apelaciones porque el tribunal de Juicio Oral en Lo Penal dictó veredicto condenatorio por parricidio, lo cual se opone al precedente que existe en la Corte de Valparaíso, donde se anuló una sentencia en las mismas condiciones, dado que se trataba de un crimen entre convivientes del mismo sexo. La teoría de la defensa, desde el alegato de apertura en el juicio, es que este hecho corresponde a un homicidio simple.

Piden presentar querella por muerte de zorros

COIHUECO. Ambientalistas emplazaron al alcalde Carlos Chandía.
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Impacto ha generado la difusión de la muerte de tres zorros culpeos, a manos de cazadores, en el poblado de Bustamante, específicamente en el camino que va en dirección al sector de Tres Esquinas de Cato.

Fue por ello que diversos grupos ambientalistas han reaccionado a las publicaciones y ya han emplazado al alcalde de Coihueco, Carlos Chandía, para que tome cartas en el asunto, atendido a que en marzo de este año, una de estas mismas especies mamíferas ya había sido hallada muerta colgando de un cerco de alambre.

"Los animales señalados se encuentran protegidos por la Ley de Caza 19.473, por estar en vías de extinción, no obstante son cazados y muertos por cazadores, tanto furtivos como inscritos, de manera descontrolada en zonas rurales al ser considerados una amenaza por los parceleros", explicó Gary Parra, ambientalista.

Según añadió Gary Parra, "no existiendo las fiscalizaciones adecuadas del SAG oficina Chillán, ni las acciones legales ante hechos similares ocurridos con anterioridad en la zona, no se generan sanciones ejemplarizadoras en contra de los responsables de estos atentados a nuestra frágil fauna silvestre, lo cual provoca una errónea señal de impunidad en estos brutales casos".

Por ello, solicitaron al jefe comunal de Coihueco que se haga parte de un proceso judicial penal contra quienes resulten responsables por el delito de maltrato animal.

Esto último, amparado en la recientemente promulgada "Ley Cholito", que modifica las sanciones penales contra aquellos que causen la muerte de los animales.

El hecho ya fue denunciado por Mónica Ferrada, mujer ambientalista que encontró los zorros muertos, ante el Retén de Cato, y Carabineros ya acogió la denuncia.

Presentan recurso de protección en favor de coronel (r) Patricio Jeldres

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El abogado Maximiliano Murath presentó ante la Corte de Apelaciones de Chillán un recurso de protección en favor del coronel (r) Patricio Jeldres, quien hoy se encuentra procesado por dos causas de Derechos Humanos.

Según planteó Murath, existiría vulneración a la integridad física y psíquica del oficial retirado, ya que cuando se realizó la reconstitución de escena por el secuestro de tres campesinos, familiares de detenidos desaparecidos vociferaron insultos.

La Corte de Chillán se declaró incompetente para conocer el fondo del asunto, atendido que desde febrero de este año, por auto acordado, la Corte Suprema reasignó las causas de Derechos Humanos al ministro en visita penquista Carlos Aldana. Por ello, remitió los antecedentes a la Corte de Concepción el 26 de mayo, no obstante este último tribunal también se declaró incompetente de conocer los antecedentes, argumentando que los hechos ocurrieron en la sede jurisdiccional del tribunal de la provincia de Ñuble.

La Corte Suprema deberá dirimir entonces cuál es el tribunal competente.