Chofer ebrio que causó volcamiento estará un año preso
LEY EMILIA. El segundo caso en Ñuble dejó muerto a carabinero y tuvo como hito que abogado defensor recurrió tarde al TC.
Firme y ejecutoriada quedó la sentencia en contra de José Miguel Iturra Suazo, un joven mecánico de 28 años que se convirtió en el segundo condenado en Ñuble por Ley Emilia, el cual deberá cumplir un año de presidio efectivo. Esto, tras protagonizar el accidente que dejó como víctima fatal a un carabinero de la Tenencia de Quillón.
El hecho ocurrió a las 5.10 horas del 13 de agosto del año pasado en la población Patricio Navarrete. El día de la tragedia, según acreditó en el proceso la fiscalía, José Iturra conducía el auto marca Honda acompañado por Hugo Molina (24), Anaís Barotto (18) y Juan Paulo Ortuya (24).
Tras regresar de una fiesta, al momento de pasar por la calle Gabriela Mistral, un segundo vehículo los pasó a gran velocidad, entendiendo José Iturra que se trataba de una carrera. Por ello aceleró, pero en un bache perdió el control, choca contra la solera, para luego impactar en un poste de alumbrado público que fracturaron, quedando volcados justo en la esquina del pasaje Guacolda.
A raíz del impacto perdió la vida en el lugar Juan Paulo Ortuya, un carabinero que un año antes había llegado a la unidad policial de Quillón.
Fueron los peritajes los que permitieron establecer que José Miguel Iturra era el conductor del móvil. Por ello, con los resultados de la alcoholemia, que arrojó una presencia de 1,03 gramos de alcohol por litro de sangre, fue detenido el 6 de diciembre, y al día siguiente se formalizó la investigación en su contra por el delito de conducción en estado de ebriedad con resultado de muerte.
En aquel entonces, la fiscal Maritza Camus aplicó el artículo clave de la Ley Emilia, que establece que "todo conductor que, en estado de ebriedad, causare a terceros lesiones graves gravísimas o la muerte, debería cumplir una pena, independiente del grado, de manera efectiva por un año".
Por ello, el imputado se mantuvo en prisión preventiva hasta el 31 de mayo, día en que aceptó los cargos que pesaban en su contra, en un juicio abreviado que se realizó en el tribunal de Garantía de Bulnes.
Si bien la jueza Carolina Sánchez lo condenó a la pena de 3 años y un día, con el beneficio de cumplir la sentencia en libertad vigilada intensiva, aclaró que por lo estipulado en la Ley Emilia, José Iturra debería estar un año privado de libertad.
Fallida apelación
Juan Pablo Gallardo, abogado defensor de José Iturra, presentó una apelación ante la Corte local el 5 de junio, alegando que se le debía reconocer al condenado las circunstancias atenuantes de irreprochable conducta anterior y colaboración sustancial con la investigación.
El recurso fue declarado admisible en la Corte de Apelaciones y fijaron para el 14 de junio los alegatos; no obstante, el día anterior Gallardo solicitó suspender la audiencia. Esto, porque al día siguiente presentó el requerimiento de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional que podía suspender el proceso judicial.
Sin embargo, amparados en el Código Procesal Penal, los jueces de la Corte rechazaron postergar la audiencia, por lo que al día siguiente, al no presentarse el abogado, se dio por abandonado el recurso.
El 5 de mayo se suspendió primera causa
El 17 de abril, el abogado Rodrigo Vera Lama fue el primer abogado en Ñuble en presentar un requerimiento ante el TC, cuestionando el artículo clave de la Ley Emilia. Se trata del caso en que está imputado Esteban Urriaga, joven que el 2 de diciembre de 2016 conducía ebrio un móvil y chocó en la Diagonal Las Termas, causando la muerte de Koraima López (20). El requerimiento fue acogido a trámite el 3 de mayo, por lo que el proceso judicial fue suspendido dos días después. El imputado hoy está libre y no está sujeto a ninguna medida cautelar.