Corte chillaneja confirma condena para autora de parricidio en Coihueco
TRIBUNAL. Mujer fue condenada a 5 años y un día por homicidio ocurrido en 2016.
L a Corte de Apelaciones de Chillán rechazó ayer el recurso de nulidad interpuesto por los abogados querellantes, y confirmó la sentencia que condenó a Catalina Belén Romero Gangas a la pena de 5 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autora del delito de parricidio de su conviviente Esteban Daza Muñoz, perpetrado en Coihueco, en abril de 2016.
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada -integrada por los ministros Darío Silva, Guillermo Arcos y Claudio Arias- ratificó la resolución dictada el 23 de mayo pasado, por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán.
"Que, en relación con la rebaja de pena, esta Corte concuerda con lo que determinaron los jueces en el fallo recurrido, quienes dieron las razones porque lo hacían, al tomar en consideración las peculiaridades del caso, y siendo por lo demás la rebaja de grado en la pena una facultad asignada al tribunal, puesto que la norma legal en cuestión utiliza la expresión podrá, esto es, se trata de una competencia que queda al arbitrio del tribunal hacer uso de ella o no, según las circunstancias del caso en particular, por lo que siendo una atribución exclusiva de los magistrados, de lo cual se deriva en la imposibilidad de que esta Corte pueda revisar lo decidido, no se podrá acoger tampoco el motivo de nulidad alegado, por esta circunstancia", sostiene el fallo.
El tribunal dio por acreditado, que en horas de la tarde del 23 de abril de 2016, Catalina Romero Gangas se encontraba junto con su conviviente Esteban Daza Muñoz, en el domicilio que habitaban en Coihueco, a quien propinó una puñalada en la zona del cuello, herida que le causó la muerte por anemia aguda.