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A 4 años de libertad vigilada condenan a hombre que tenía 8 kilos de pasta base

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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán condenó a Pedro Luis Muñoz Salazar a la pena de 4 años de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva, como autor del delito consumado de tráfico de drogas. Según explicaron los jueces en la sentencia, se dio por acreditado que a las 11.30 horas del 1 de julio de 2016, en el terminal de buses María Teresa, y contando con una orden de registro del imputado, personal de la PDI sorprendió al Pedro Muñoz con un paquete que arrojó un peso de 4 kilos 955,2 gramos netos contenedores de la sustancia ilícita. Además, portaba otra bolsa 4 kilos 928,7 gramos netos de pasta base. A ello se suman 159,4 gramos netos de la misma droga que llevaba en un bolsillo secundario. Según los sentenciadores, por los antecedentes del condenado, es factible que se reinserte socialmente, y por ello lo dejaron libre.

Chillán: autoridades valoran acuerdos del Consejo de Seguridad Pública

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Las autoridades convocadas al Consejo Comunal de Seguridad Pública celebraron ayer el haber concretado la inversión de cuatro proyectos por $280 millones, entregados por la Subsecretaría de Prevención del Delito. Se trata de 7.400 viviendas que ahora cuentan con alarmas comunitarias, se implementaron 288 luminarias peatonales y 4 cámaras de vigilancia, que se suman a las 20 ya existentes en el centro de la ciudad. Además, talleres para formación de líderes en materia de prevención delictual y seguridad. El acuerdo es que a fines de diciembre sesione nuevamente el Consejo para entregar la cuenta pública. Asimismo, se espera que próximamente se licite la adquisición de cinco autos para patrulla de seguridad e inspección, un dron y una aplicación móvil para denunciar incivilidades y delitos.

Ministro Aldana instruye nuevas diligencias por causa de DD.HH.

JUDICIAL. Reconstituciones de escena en San Carlos y el centro de Chillán buscan aclarar muertes de Ogán Lagos, Bartolomé Salazar y Rolando Angulo, en 1974.
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Danny Fuentes Espinoza

El juzgado civil ubicado en calle Bulnes, la Plaza de Armas, la actual Sexta Comisaría de Chillán Viejo, el Regimiento número 9 "Chillán" y también el sector rural de Pomuyeto, en San Carlos, fueron los lugares que ayer visitó el ministro de la Corte de Apelaciones de Concepción, Carlos Aldana, instructor de las causas de violaciones a los Derechos Humanos en Ñuble.

En este caso en particular se investiga la muerte de tres personas, todos miembros del Movimiento Izquierdista Revolucionario (MIR), fallecidos entre marzo y abril de 1974. Por ello, el juez instructor llegó ayer hasta la capital regional de Ñuble para realizar interrogatorios, careos y también la reconstitución de escena.

No obstante, por la enorme cantidad de testigos y el número de procesados en esta causa (14), no se pudieron terminar durante la jornada de ayer todas las diligencias que permitirán al ministro Aldana determinar una resolución.

Tres homicidios

A Bartolomé Salazar (31) lo secuestraron en Chillán, el 19 de abril de 1974. Ese día, su esposa Magdalena Müller esperaba encontrarse con él en la Plaza de Armas; sin embargo, él no llegó y no lo vio más con vida.

"Fue un momento complejo para mí porque llevaba cuatro días en Chillán, y al momento en que secuestran a Bartolomé me siguen a mí y me secuestran. Me encerraron en el regimiento, en un lugar de San Carlos que no conocía. Después de 15 días sin darme comida me llevaron de ahí a Santiago, varios meses. Cuando volví no tenía marido, ni hijo, ni casa", relató Magdalena Müller, hoy con 89 años, quien ayer dio su testimonio en el mismo lugar donde quedó esperando a Bartolomé Salazar.

La segunda diligencia se llevó a cabo en la cárcel de Chillán. Ese fue el último lugar en que uno de sus compañeros vio con vida a Ogán Lagos, detenido desde su casa en Chillán Viejo, el 15 de marzo de 1974.

"Tal como yo declaré anteriormente, acompañé a Ogán Lagos hasta la última reja, que es cuando lo sacan, porque él tenía fracturadas sus manos. Así pude ver a todos sus verdugos afuera", declaró Uldarico Carrasco, quien compartió celda con la víctima.

En el caso de Rolando Angulo, su hermana María Eliana señaló que a él "lo detuvieron en su casa en calle Isabel Riquelme el 19 de abril de 1974 y nunca más lo vimos. Lo buscamos tres meses, y se supo posteriormente que murió en el regimiento el 27 de abril".

Todas las víctimas fueron llevadas hasta el sector de Pomuyeto, en San Carlos, donde había un centro de detención antes de ser acribilladas. Si bien en agoto de 2015 se dictó auto de procesamiento contra 15 personas, una de ellas murió. Ayer comparecieron los procesados, entre ellos ex carabineros y ex militares, además de antiguos miembros de Patria y Libertad, e incluso civiles como Sergio Bustos. El juez Aldana sólo acotó que "hay muchas diligencias antes de tomar una decisión".

procesados tiene la causa por la muerte de 3 miristas. Se trata de civiles, y ex miembros del Ejército y Carabineros. 14

Ratifican absolución para acusado de crimen en Ñiquén

SENTENCIA. Daniel Cabañas estuvo preso más de un año.
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En libertad, y con la confirmación de la Corte de Apelaciones de Chillán, quedó Daniel Cabañas, quien estuvo preso un año y tres meses, acusado de haber dado muerte a un hombre en Ñiquén, en julio de 2016.

En efecto, la Corte local rechazó el recurso de nulidad presentado por el jefe de la fiscalía local de San Carlos, Rolando Canahuate, quien solicitaba realizar un nuevo juicio, ya que a principios de octubre, cuando se realizó el juicio oral, no habría existido -según él- una adecuada valoración de parte de los jueces los testimonios que presentó como persecutor.

Cabe que recodar que los hechos que fueron materia de acusación ocurrieron el 17 de julio del año pasado, alrededor de las 4 de la madrugada, en el sector Colvindo, comuna de Ñiquén. El fiscal Canahuate acusó a Daniel Cabañas de haber discutido con Héctor Rivera, para luego, en el exterior del local "Tearike", donde se desarrollaba un bingo a beneficio, enfrascarse en una riña que terminó cuando murió apuñalada la víctima.

Daniel Cabañas estuvo preso hasta el 3 de octubre de este año, cuando los jueces lo absolvieron por falta de pruebas.

Sobre ese mismo punto, los ministros de la Corte de Apelaciones resolvieron que "respecto de la valorización la prueba, aún en el evento de haberse producido, no tienen para este caso la capacidad de influir sustancialmente en la decisión de absolver que adquirió el Tribunal, porque ha quedado en evidencia que la prueba presentada provocó en los sentenciadores el estado de duda razonable que impide, por supuesto, adquirir la conciencia moral e íntima de condena".

Los ministros, de hecho, precisaron que "en estas circunstancias los defectos existentes, en este caso, sólo tendrían el carácter de no esenciales y que por no influir en la parte resolutiva de la sentencia recurrida no pueden causar su nulidad".

Cabe recordar que el día de la absolución, Gendarmería tuvo que realizar un operativo de seguridad, ya que los familiares de la víctima insultaron a jueces y especialmente al acusado, ante la impunidad.