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Desempleo en Ñuble alcanzó un 8,4% en el último trimestre

ESTADÍSTICAS. En septiembre-noviembre la tasa de desocupación subió en un 0,2%.
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Javier Rojas Muñoz

De acuerdo al informe sobre "Empleo Trimestral" entregado por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE), la región de Ñuble aumentó su tasa de desocupación en 0,2 puntos porcentuales (pp), alcanzando un desempleo del 8,4%, cifra que en comparación al mismo trimestre del año pasado subió en 0,9 pp.

La ciudad de Chillán registró una de las tasas de desocupación más altas, alcanzando un 10,4% de desempleo, cifra 4,5 pp. mayor respecto al trimestre septiembre-noviembre de 2016 y 0,4 pp. inferior que el trimestre anterior.

El analista cuantitativo del Observatorio Laboral de Ñuble de la Universidad del Biobío, Héctor Garrido, dijo que "resulta interesante que en la ciudad de Chillán, al ser el desempleo considerablemente superior al resto de la región, la fuerza de trabajo en lugar de disminuir, aumente. Esto puede ser una señal de la entrada al mercado laboral de mujeres y jóvenes en desmedro de la pérdida de empleo de los varones".

Según lo explicado por el analista, en la región de Ñuble se observa un descenso preocupante de la fuerza laboral, lo que viene a confirmar la tendencia de entregas anteriores de los informes del INE. "Es decir, que los trabajadores están abandonando la fuerza de trabajo por razones de desaliento. Lo que es también consistente con el aumento de trabajadores por cuenta propia. Es una situación preocupante, pues indica la falta de empleos de calidad", indicó.

El informe entregado por el INE, señala que Ñuble se compone por una fuerza de trabajo estimada de 216 mil 830 personas, de las cuales 198 mil 600 se encuentran ocupadas y 18 mil 230 desocupadas. En Chillán, la fuerza de trabajo estimada es de 94 mil 520 personas, de las cuales 84 mil 680 se mantienen ocupadas y 9 mil 840 están desocupadas.

Para el diputado de Renovación Nacional (RN) Frank Sauerbaum, lo preocupante del aumento del desempleo, es que sea en esta temporada, cuando se supone que en Ñuble la mano de obra debería ser absorbida por la contratación de temporeros y por la actividad agrícola.

"Es preocupante también, que a través de este indicador podamos deducir que hay ciertos sectores de la fruticultura que no están siendo tan rentables como en otros años, como por ejemplo lo que pasó la temporada pasada con la frambuesa y con el arándano, ellos esperaban mejores precios y finalmente no tuvieron un negocio rentable", señaló el diputado.

Por su parte, el presidente de la Cámara de Comercio de Chillán (Camarchi), Alejandro Lama, demostró ser más positivo tras su revisión de la información entregada por el INE. Según sus dichos, en el informe que se entregará del trimestre diciembre-febrero, las cifras de desempleo deberían descender considerablemente, ya que diciembre es un mes donde se contrata mucha mano de obra para el comercio y para la actividad agrícola.

Sin embargo, con respecto a la cesantía dijo que "sin duda que el gremio ve afectado cuando hay un índice mayor de desempleo, ya que esto repercute directamente en las ventas, puesto que hay gente sin trabajo que no está consumiendo en el comercio".

"El gremio se ve afectado cuando hay un índice mayor de desempleo, ya que esto repercute directamente en las ventas"

Alejandro Lama, Presidente de la Camarchi"

Reforma al Código de Aguas sufre revés en el Tribunal Constitucional

DICTAMEN. Regantes de Ñuble recordaron que habían advertido sobre inconsistencias con la Carta Fundamental.
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El primer revés sufrió esta semana la reforma al Código de Aguas que actualmente avanza en su segundo trámite legislativo en la Comisión de Agricultura del Senado. Se trata de disposiciones referidas a la fiscalización y sanciones, normas que fueron objetadas por el Tribunal Constitucional.

La sentencia emitida esta semana establece que las normas que modifican el artículo N° 138 del Código de Aguas, suprimen garantías constitucionales, ya que de ser aprobadas permitirían a la Dirección General de Aguas (DGA) ordenar directamente el auxilio de la fuerza pública para el cumplimiento de las atribuciones que le entrega el Código de Aguas.

"Este fallo es claro en establecer que la autorización judicial para el uso de la fuerza pública es una condición necesaria en un Estado de Derecho, materia que no le compete a una institución administrativa del Estado. Durante este período de discusión, hemos planteado nuestra preocupación de que materias muy delicadas quedarían al arbitrio de la DGA y del funcionario de turno, de aprobarse el proyecto tal cual está", comentó Martín Arrau, presidente de la Junta de Vigilancia del Río Ñuble y director de la Sociedad Nacional de Agricultura.

El dirigente enfatizó también en la importancia que adquieren en estos procesos las organizaciones involucradas en el uso del agua, puesto que "son quienes manejan a cabalidad los argumentos necesarios para fijar las directrices respecto del mejor aprovechamiento del recurso hídrico en nuestro país".

En términos generales, Arrau señaló que cuando se intenta legislar a la rápida o imponiendo criterios ideológicos por sobre los técnicos o por sobre la propia realidad finalmente se termina con este tipo de resultados, "acá debemos aprender la lección, las leyes deben hacerse con calma, con altura de miras y no imponiendo las mayorías transitorias que puedan existir en el congreso".

El referido fallo agrega además que las disposiciones vulneran el artículo 76 constitucional, en cuanto al ejercicio de la función jurisdiccional de los tribunales de justicia, y su función exclusiva para la resolución de controversias, en el marco de un debido proceso ante una posible afectación de los derechos de un particular o de terceros.

Objeción de multas

En el mismo ámbito de fiscalización y sanciones, el Tribunal Constitucional también objetó el precepto que modifica el artículo N° 175 del Código de Aguas, que establece que las multas pueden ser aplicadas con el solo mérito de la resolución administrativa, fijando el plazo para su pago.

Finalmente, el documento establece que "las disposiciones del proyecto analizadas eliminan las facultades del Juez de Policía Local competente, dejando a la total discrecionalidad de la autoridad administrativa (Dirección General de Aguas) tanto la determinación de la concurrencia o no de la infracción, la apreciación de los presupuestos fácticos que la configuran, y la fijación y determinación del monto de la multa y su forma de pago", agregando que "los preceptos del proyecto menoscaban del todo el derecho de las personas de acceder a un tribunal independiente e imparcial".

Víctimas fatales por accidentes de tránsito en Ñuble se elevan a 65

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Carabineros de la Sección de Investigación de Accidentes en el Tránsito confirmó que Paulino Alberto Velásquez Urrutia, de 53 años, falleció después de agonizar tres días, después de haber sido atropellado por un auto en Coelemu. El accidente se produjo en plena noche buena; de hecho, eran las 00.10 horas del día 25 de diciembre cuando en la ruta 125, que une Coelemu y Concepción, cuando se produjo la tragedia. De acuerdo a la hipótesis de los Carabineros de la Siat, la víctima habría cruzado la calzada de manera imprevista para el automovilista, quien lo impactó, causándole graves lesiones. En todo momento prestó declaración y llamó a los equipos de emergencia. De hecho, la ambulancia logró llevarlo con vida hasta el hospital; sin embargo, debido a sus lesiones, perdió la vida tres días después. De esta forma, se transformó en la víctima número 65 en lo que va del año, lo que implica una baja respecto a 2016, ya que en ese año fallecieron 75 personas por accidentes de tránsito. Desde la Siat lamentaron la noticia y aseguraron que estos días tendrán estrictos controles.