Condenan a 6 años de cárcel a autor de homicidio frustrado
JUICIO. Acusado además deberá pagar una indemnización de $4 millones.
A seis años de presidio efectivo condenó el tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán a Carlos José Pino Pino, en calidad de autor del delito frustrado de homicidio simple, ilícito perpetrado en julio de 2016 en el sector del valle Las Trancas.
En fallo unánime, el tribunal integrado por los jueces Raúl Romero y Óscar Ruiz aplicó además al condenado las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.
Una vez ejecutoriado el fallo, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que el 24 de julio de 2016 Carlos José Pino se encontraba junto a unos amigos compartiendo al interior del pub "Palo Huacho", ubicado en el sector del Valle Las Trancas, lugar donde en horas de la madrugada discutió con Diego Quezada Cárcamo, quien también se encontraba en el local.
Posteriormente, aproximadamente a las 5 horas de la madrugada, "Diego Ignacio Quezada Cárcamo coincidió con Carlos José Pino Pino y sus acompañantes en el estacionamiento del local nocturno, discutieron nuevamente, lo que desembocó en un intercambio de golpes de puño entre la víctima Diego Ignacio Quezada Cárcamo y el acusado", reseña la sentencia.
En dichas circunstancias, agrega el fallo judicial, "mientras la víctima se retiraba del lugar, el acusado Carlos José Pino Pino procedió, con un arma blanca, a apuñalarlo por la espalda, provocando un neumotórax traumático por herida dorsal". Cabe recordar que la víctima recibió auxilio en el lugar y posteriormente fue trasladada para su atención médica a una clínica en la ciudad de Chillán, donde logró recuperarse.
En el aspecto civil, el tribunal acogió la demanda interpuesta, ordenando al condenado pagar como indemnización por daño moral la suma de cuatro millones de pesos a la víctima.