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Hoy se define la medida cautelar que paraliza desalojos del Punilla

EMBALSE. En el Tercer Tribunal Ambiental se llevarán a cabo los alegatos de clausura e igualmente se revisará la determinación que prohibe ejecución y desalojos debido a mega obra.
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Alejandro Torres Caamaño

Durante una jornada que se extendió por más de siete horas, en el Tribunal Ambiental de Valdivia se llevó a cabo ayer una nueva audiencia en la causa Tomás Iván Labrín Villalobos y otros con Sociedad Concesionaria Aguas de Punilla S.A y otros, instancia en la que los demandantes pedían al tribunal en cuestión que declarara la existencia de un daño ambiental al componente humano, a raíz de las afectaciones generadas durante el proceso de desalojo, el cual fue iniciado precisamente por la Sociedad Aguas de Punilla S.A. y el Ministerio de Obras Públicas (MOP) en los terrenos que se verán en la emblemática obra para Ñuble en materia de riego, el Embalse Punilla.

Como se esperaba, el Tribunal suspendió la extensa audiencia luego de que se llevaran a cabo las declaraciones de todos los testigos, y para hoy se espera que se retome con los alegatos de clausura y que se defina qué ocurrirá con la medida cautelar que paraliza los desalojos y ejecución del proyecto de riego, medida que hasta hoy sigue vigente.

Así, la parte primeramente mencionada solicitaba de igual forma al Tribunal Ambiental que ordenara diversas medidas para reparar el componente humano, debido a que según sus argumentos, se habría causado daño en dicho proceso.

En la jornada consistió básicamente en la prueba testimonial por parte de testigos (3 de demandante y 3 de demandados), y en el caso de la parte 'Tomás Iván Labrín Villalobos y otros', se argumentó que la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del proyecto Embalse Punilla y sus instrumentos complementarios consideraban instrucciones específicas para la relocalización de las comunidades afectadas. Ahora bien, bajo su punto de vista, la empresa concesionario y el MOP habrían actuado en contradicción a dichos instrumentos durante el proceso de desalojo, generando afectación a las comunidades relocalizadas.

Dentro de los daños que ellos identificaron se encuentran el desplazamiento forzado de los demandantes, la afectación a sus formas de vida y subsistencia, la incerteza del lugar donde serán relocalizados y la afectación a los caminos utilizados por los demandantes.

En el caso de la parte demandada, una de ellas, el Fisco de Chile, argumentó en su favor que los demandantes se negaron a colaborar en el cumplimiento del Plan de Desarrollo Social y no han aceptado las medidas de mitigación y compensación contempladas en la RCA del proyecto.

El desalojo, con apoyo de Carabineros, se ajustó a derecho según su versión, y se enmarcó en los procedimientos de expropiación autorizados por juzgados civiles de Chillán. Además, agregaron que el MOP habría vigilado el cumplimiento de las obligaciones del proyecto establecidas en la RCA y sus instrumentos complementarios, respecto del componente humano.

Desde la Sociedad Concesionaria Aguas de Punilla, en tanto, argumentaron que los demandantes son un grupo específico y reducido de personas que se oponen a un proyecto debidamente aprobado. Las afectaciones demandadas, según agregan, no constituyen daño ambiental sobre el medio humano, y que asimismo la empresa no ha incurrido en ninguna actuación negligente ni dolosa.

Reacciones

El abogado de la ONG Defensa Ambiental, Ricardo Frez, quien ayer declaró como testigo por la parte demandante, dijo a este medio, tras la jornada, que "lo que se planteó hoy al Tribunal Ambiental y que es algo que se ha hecho desde siempre, desde que se propuso el Plan de Desarrollo Social (PDS) como la principal medida para abordar la relocalización de los vecinos, es que este PDS, como instrumento, es totalmente insuficiente porque por un lado es un único instrumento que se le aplica de igual manera para todos los vecinos, independiente de que haya quienes tengan condiciones sumamente distintas. Entonces, ese plan como está planteado, no responde a las necesidades particulares de los vecinos, entendiendo que además son familias que tienen condiciones súper particulares".

"El MOP nunca quiso avanzar en abordar la situación de cada uno de los vecinos y ver la mejor solución individual, sino que propusieron un único instrumento, y en base a aquel, se planteó que se debían aplicar ciertas medidas que, incluso si analizamos el instrumento tal como se propone, tampoco llega a solventar todas las necesidades", añadió el abogado.

Igualmente, desde la parte demandante se espera que se sostenga la medida cautelar en cuestión durante la jornada de hoy, debido a que se explicó que la ley solicita que se hayan modificado las condiciones sobre las cuales se concibió originalmente la medida citada, y en este caso, según la parte ya dicha, se han agravado.

"Ha permitido que los vecinos no sufran más daños, y por otra parte, esperamos que se terminen de entregar los antecedentes para que el Tribunal Ambiental pueda fallar e, idealmente, establecer una condena por todo lo que los vecinos sufrieron", agregó Frez.

Ahora bien, el tribunal tendrá, a partir de mañana, un plazo cercano a dos meses, según estimaciones, para así redactar y emitir una sentencia.

Postura de diputados

Desde el oficialismo, el diputado Gustado Sanhueza (UDI) fue claro al mencionar que espera que hoy el Tribunal determine que la medida cautelar en discusión se levante, aun cuando también llamó a ser cautos debido a la situación que hoy se presenta en la obra por la disputa entre el mandante del proyecto, el MOP, y quien se adjudicó la obra, Astaldi.

"Esperamos que esto avance con la celeridad que se requiere para poder tener concretado la construcción del embalse, pero también sabemos y somos cautos en ver en qué situación quedará la empresa que se adjudicó la concesión (Astaldi), porque sabemos que el MOP ya ofició para poder ponerle término a la concesión por incumplimiento del contrato", manifestó el parlamentario local.

"Son dos procesos en paralelo que tienen incidencia directa en la obra. Además, al levantarse la medida cautelar, la empresa concesionaria estaría obligada a cumplir con los plazos del inicio de la obra (...) La voluntad del gobierno está, pero hay un contrato de por medio que también debe cumplir en su parte. Creo que esto haría que se despeje una incertidumbre que había respecto de un fallo de tribunal", agregó.

Sanhueza, en dicho contexto, mencionó que aquella certidumbre tiene relación con la situación de Astaldi y de si se abrirá o no a la posibilidad de vender el contrato, debido a que ya no habría alguna traba desde el punto de vista legal.

Desde la oposición, en tanto, la diputada Loreto Carvajal (PPD), sostuvo, así como la mencionado en otras ocasiones, que el proyecto debe ser hecho desde cero.

"Esperamos que se acoja el alegato del abogado demandante, así como también que se mantenga la medida cautelar de suspensión, y que finalmente se retomara por parte del Ejecutivo y se hiciera un nuevo proyecto con una nueva modalidad".

Los alegatos de clausura se esperan que comiencen hoy a las 9:00 horas.

Hoy concluyen alegatos y revisan cautelar

Ayer, en una extensa jornada llevada a cabo en el Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia, la audiencia en la causa Tomás Iván Labrín Villalobos y otros con Sociedad Concesionaria Aguas de Punilla S.A y otros. En dicho caso, la instancia judicial se limitó a la prueba testimonial por parte de tres testigos de ambas partes. Para hoy se espera la conclusión de los alegatos, como también la revisión respecto de la medida cautelar vigente que impide el desalojo y ejecución de la obra Embalse Punilla, medida en la que en el caso de la parte demandada, se solicita su levantamiento. Desde los demandantes exigen que se sostenga, pues ha sido a través de ella como los vecinos han encontrado algo de protección.

"El MOP nunca quiso avanzar en abordar la situación de cada uno de los vecinos y ver la mejor solución individual, sino que propusieron un único instrumento, y en base a aquel, se planteó que se debían aplicar ciertas medidas".

Ricardo Frez, Abogado y testigo en causa

Lo que solicitan

Parte demandante Desde "Tomás Iván Labrín Villalobos" y su respectiva representación, pedían al tribunal en cuestión que declarara la existencia de un daño ambiental al componente humano, a raíz de las afectaciones generadas durante el proceso de desalojo, el cual fue iniciado precisamente por la Sociedad Aguas de Punilla S.A. y el Ministerio de Obras Públicas (MOP).

Parte demandada El Fisco de Chile argumenta en su favor que los demandantes se negaron a colaborar en el cumplimiento del Plan de Desarrollo Social y no han aceptado las medidas de mitigación y compensación contempladas en la RCA del proyecto. Desde la Sociedad Concesionaria Aguas de Punilla, en tanto, argumentaron que los demandantes son un grupo específico y reducido de personas que se oponen a un proyecto debidamente aprobado. Las afectaciones demandadas, según agregan, no constituyen daño ambiental sobre el medio humano, y que asimismo la empresa no ha incurrido en ninguna actuación negligente ni dolosa.

Fallo Se espera en dos meses.

9:00 horas es el tiempo estimado que correría a contar de mañana, para que el tribunal en cuestión emita un fallo. Si hay sentencia, es el mismo tiempo de emisión y redacción.