Dentro de las varias formas en que los juristas evalúan la conducta ajena, una de las mas eficaces y sensatas es lo que se conoce como doctrina de los actos propios o estoppel en derecho inglés . Esta doctrina es prácticamente unánime en el derecho comparado y se la encuentra de manera muy clara en los textos más antiguos.
En qué consiste esta teoría?
Ella consiste en considerar inaceptable que alguien -un contratante, un acreedor, un deudor- ejecute actos o profiera decisiones incompatibles con las que ejecutó en el pasado y a cuya sombra las personas se forjaron legítimas expectativas. Si un acreedor hizo ver que no quería cobrar el crédito que se le adeudaba y dejó pasar el tiempo, entonces --declaró alguna vez un tribunal alemán- no es razonable que en la hora undécima pretenda se le pague. Algo así contradiría el sentido objetivo de su conducta previa.
La teoría de los actos propios descansa en la idea que los seres humanos actuamos en base a expectativas y que la principal fuente de ellas es el comportamiento ajeno. La profecía auto cumplida y la doctrina de los actos propios poseen así la misma fuente: instan a las personas a actuar en base a una definición de lo que ocurrirá en el futuro tal como este último se puede inferir de la conducta de los demás,
La teoría posee un sentido ético indesmentible: las personas tenemos deberes con los demás y entre ellos se cuenta, al menos en la esfera del derecho, una cierta lealtad consistente en no traicionar lo que les hicimos creer.
Por eso muchos autores creen que la doctrina de los actos propios deriva de la buena fe.
¿Se aplica esa doctrina al político?
Es cierto que el político dice un día esto y el otro otra cosa distinta y que cambiar de opinión o de discurso es casi parte de su ethos; pero el ciudadano espera que entre una y otra opinión o decisión haya un hilo invisible que las haga coherentes de manera de llegar a la conclusión que el político no ha transgredido el sentido de su conducta previa.
Pues bien, una forma posible para juzgar al político consiste en examinar si los actos presentes contradicen o no los previamente ejecutados.
Podría llamársele el test de los actos propios.
En el caso del gobierno de Boric el test de los actos propios es especialmente dificultoso. Se abogó muchas veces por el diez por ciento, incluso poco antes de la elección presidencial, y el presidente Boric votó por permitir su retiro a pesar de estar el IFE vigente, o en curso de serlo, de manera que la ciudadanía no ve razones para que esta vez, siendo las circunstancias las mismas o análogas, se le niegue ¿Por qué si las circunstancias siguen siendo más o menos las mismas, lo que era bueno ayer de pronto es malo hoy?
Y ese es el problema que hoy afronta el presidente Boric con el famoso diez por ciento. Debiera explicar porqué quema lo que adoró hace apenas unos meses. Y porqué alguien no debiera temer que mañana vuelva a adorar lo que quemó hoy.
Ya nadie se fijará en si es correcto o eficiente aprobarlo (no cabe duda que no lo es) sino en si el presidente y las fuerzas que lo apoyan serán consistentes con el sentido objetivo de su conducta previa. Y la ciudadanía se preguntará ¿porqué lo que ayer no dañaba y favorecía el bienestar hoy día lo perjudica?
Son las servidumbres de los propios actos: quien los ejecuta debe responder por las expectativas que crea con su conducta. Y procurar no traicionarlas.
Salvo que explique con claridad que, con buenas o malas razones (el problema es que suelen ser malas) se equivocó y no debiera haber dicho lo que dijo, o no debiera haber hecho lo que hizo o haber dado a entender lo que objetivamente dio a entender. Por supuesto dos actos distintos pueden fundarse en la misma razón; pero el deber de quien ejecuta actos contradictorios es explicitar esa razón.
Si es que la hay, claro, y siempre que sea confesable.