Acuerdo de Escazú
El 21 de marzo de 2022 el gobierno del Presidente Boric presentó ante el Congreso el proyecto de acuerdo para aprobar el "Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe" retomando una discusión detenida desde que la administración anterior desistiera de firmar el Acuerdo de Escazú (octubre 2018), arguyendo riesgos en las inversiones y en la soberanía del país.
El 22 de abril de 2021 entró en vigor el Acuerdo, al cumplirse el requisito de ratificación de al menos 11 de los 33 estados de América Latina y el Caribe a los que el acuerdo está abierto . Cabe destacar que Costa Rica, por ejemplo, habiendo sido un país impulsor de este acuerdo, al igual que Chile, ha decidido no adherir a él por reconocer que ello desincentivaría el desarrollo de proyectos de inversión en el país, con la consecutiva pérdida de empleos, indicando que este acuerdo atentaría contra el necesario equilibrio entre cuidado del medio ambiente y el desarrollo económico.
Dado que Chile no firmó dentro del plazo establecido por el art. 22° del Acuerdo, le corresponde únicamente adherir. Sin embargo, los efectos como Estado Parte mediante este mecanismo son los mismos de aquellos que firmaron y luego ratificaron el Acuerdo. Analizadas las disposiciones yo vote en contra del Acuerdo de Escazú, pues considere inconveniente para el país la adhesión a éste, al contener conceptos abiertos, ambiguos y algunos derechamente contradictorios con la normativa ambiental nacional.
Sin perjuicio de ello, el Ejecutivo ha impulsado su aprobación con escasas menciones a las brechas normativas del Acuerdo con la normativa interna. Si se quieren entregar señales concretas a los inversionistas, se debe mejorar la Declaración Interpretativa presentada en la Cámara de Diputados, ya que sólo hace una aproximación general y no aborda en detalle los espacios de incertidumbre respecto a cómo se vinculará el acuerdo con la legislación nacional ambiental y tampoco deja constancia que los vacíos normativos serán resueltos mediante leyes, despejando con ella la incertidumbre sobre la ejecutabilidad del Acuerdo.
Es claro que donde haya indefinición, habrá judicialización. Mientras el Poder Ejecutivo o Legislativo no despeje la incertidumbre, serán los tribunales de justicia nacionales los llamados a dotar de contenido las obligaciones amplias y ambiguas que el Acuerdo le traspasa al Estado chileno, los que también deberán resolver, en base a sus interpretaciones, la ejecutabilidad o no de los distintos artículos.
La adhesión al Acuerdo no puede implicar una renuncia al debate democrático en el Congreso, por lo que determinar que es no autoejecutable permitirá que toda imprecisión, inconsistencia o vacío normativo sea resuelto en un espacio de debate público reglado.
Frank Sauerbaum
Diputado