Frases
"Si para la derecha ceder (en la reforma previsional) es que el Gobierno mande toda la plata a la capitalización individual (…) eso no va a ocurrir".
Ministra del Trabajo Jeannette Jara — Sobre discusión para reforma
— de pensiones"Si para la derecha ceder (en la reforma previsional) es que el Gobierno mande toda la plata a la capitalización individual (…) eso no va a ocurrir".
Ministra del Trabajo Jeannette Jara — Sobre discusión para reforma
— de pensionesLa obesidad y el sobrepeso es un problema de salud pública que tiene múltiples causas y que ha alcanzado niveles epidémicos a escala global, llegando a ser definido como una pandemia por la Organización Mundial de la Salud (OMS).
Según datos entregados por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), el 74% de los adultos chilenos padece esta enfermedad, lo que posiciona a nuestro país como el con mayores índices de obesidad y sobrepeso.
Este problema sanitario tiene múltiples causas, pero entre ellas la más notoria es la mala alimentación. Así lo detalla la Sociedad Chilena de Obesidad, que plantea esta se produce cuando alguien ingiere más calorías de las necesarias, ya que el cuerpo almacena estas calorías en exceso como grasa corporal, y con el tiempo los kilos de más se acumulan.
Asimismo, el organismo observa otros factores, como los ambientes y hábitos poco saludables, donde además de una mala alimentación se agrega la poca actividad física, el pasar demasiadas horas frente a los dispositivos móviles y una mala calidad del sueño.
Es necesario que la población tome conciencia de este problema que puede derivar en múltiples enfermedades y, de hallarse dentro del porcentaje de personas que sufren sobrepeso y obesidad, se tomen acciones que lleven a tener un peso adecuado, ya que eso redundará en la salud y en definitiva en una mejor calidad de vida.
S e despachó a ley la que modifica el Código Penal para agravar la pena aplicable al delito de homicidio simple y el decreto ley N°321, de 1925, que establece la libertad condicional para las personas condenadas a penas privativas de libertad, con el objeto de determinar mayores exigencias para la obtención de la libertad condicional. La iniciativa busca establecer nuevos requisitos y un nuevo mecanismo de oposición de la víctima ante el acceso al beneficio de libertad condicional.
Se establecen mayores exigencias de acceso al beneficio de libertad condicional, los condenados por los delitos de robo con violación, secuestro, sustracción de menores e incendio en lugar habitado deberán cumplir 2/3 de la condena antes de acceder al beneficio. Se exigirá un informe psicosocial más detallado y este tendrá un mayor valor en el proceso. Se exigirá calificación disciplinaria "muy buena" durante el año anterior a la postulación para los condenados por delitos graves. Si su solicitud es rechazada, el condenado a cadena perpetua deberá esperar un año antes de volver a postular.
Respecto de condenados por delitos graves, se deberá fundamentar expresamente los motivos que expliquen por qué una solicitud que fue rechazada con anterioridad es acogida posteriormente. También se establece un nuevo mecanismo de oposición de la víctima, la iniciativa consagra un mecanismo que permitirá a la víctima oponerse y manifestar sus reparos a la postulación a la libertad condicional que eleva el condenado. Este mecanismo contempla la obligación de notificársele la solicitud hecha por el condenado y un procedimiento en que puede concurrir de manera directa o representada por un abogado, e incluso ser oída presencialmente en casos calificados, con objeto de efectuar sus reparos ante la Comisión de Libertad Condicional que acoge o rechaza las solicitudes.
En todos los casos la víctima será notificada de haberse otorgado la Libertad Condicional. Se incluyen también nuevas garantías para evitar la revictimización de la víctima, se deberá efectuar una intervención con el condenado que busque evitar la revictimización de la víctima. El condenado deberá comprometer no hostigar, ni afectar a la víctima nuevamente al salir en libertad, pudiendo la víctima denunciar esta clase de hechos si ocurrieren. Se consagra como un derecho o garantía de la víctima el tener acceso a la información sobre la postulación a la Libertad Condicional hecha por el condenado.
Con la nueva ley se exigirá la notificación de los beneficios intra penitenciarios al juzgado de garantía, los permisos intra penitenciarios son aquellos que puede conceder la autoridad del recinto penal y permiten al condenado salidas al medio libre con cierta periodicidad. La iniciativa dispone que estos sean comunicados al Juzgado de Garantía respectivo para conocimiento de dicha situación y, cuando el beneficiado sea un condenado a presidio perpetuo, dicho Juzgado deberá además autorizar el permiso. Vamos avanzando en más derechos para las víctimas y menos para los delincuentes.