Ingrid Acuña Caballero
Es en el dictamen Nº78.351 que emitió Contraloría Regional, el pasado 2 de octubre, en el que se establece que Lorena Jardúa, alcaldesa de San Fabián, y el concejal Juan Carlos Parada, deberían ser suspendidos de su derecho a sufragio y al ejercicio de sus cargos, hasta que se aclare la causa penal por el fraude electoral que se les imputa.
El dictamen, que se conoció previo a la preparación de juicio oral en el tribunal de San Carlos, es el resultado de una consulta hecha por la propia alcaldesa al órgano contralor, a quien solicitó el pronunciamiento para determinar si, como consecuencia de la acusación presentada en su contra por el Ministerio Público, se encuentra afectada para el desempeño de su cargo.
"Por consiguiente, al reputarse aflictiva la pena recién citada (inhabilitación absoluta y perpetua para cargos y oficios públicos), la que el referido artículo 54, N°3, de la ley N°18.556 asigna al delito de que se trata, este último no puede sino ser considerado como un ilícito que merece tal sanción", sentencia el órgano Contralor.
El texto concluye que también procede la suspensión del derecho a sufragio de la alcaldesa y del concejal, de acuerdo a lo previsto en el artículo 61 de la ley N° 18.695, "por lo que debe procederse a su reemplazo, en conformidad con lo establecido en los artículos 62 y 78 de la misma normativa", se lee en la respuesta de la Contraloría.
Los argumentos que se esgrimen en el escrito se basan en los requisitos previstos en el artículo 16 N°2 de la Constitución Política de la República, además de las consultas hechas ante la fiscal Patricia Suazo, quien lleva causa por el delito de incitar u organizar a electores a proporcionar domicilio electoral falso.
El texto de Contraloría es enfático en que la normativa solicita, para este tipo de ilícito, la pena de presidio menor en su grado medio, multa de 10 a 50 Unidades Tributarias Mensuales y la inhabilitación absoluta y perpetua para el desempeño de cargos y oficios públicos, para quien incite u organice a electores para proporcionar datos falsos al solicitar cambio de domicilio electoral.
"En este contexto, cabe concluir que en la especie ha operado la suspensión del derecho a sufragio de la alcaldesa y del mencionado concejal, ambos de la Municipalidad de San Fabián, y la consecuente incapacidad temporal para el ejercicio de sus cargos, de acuerdo a lo previsto en el anotado artículo 61 de la ley N°18.695, por lo que debe procederse a su reemplazo, en conformidad con lo establecido en los artículos 62 y 78 de la misma normativa".
Sin notificación
Si bien la suspensión debe ser aplicada una vez que sea notificada la alcaldesa de San Fabián, esto debió pasar hace más de seis días, ya que la resolución quedó liberada el 2 de octubre, fecha en que aparece publicada en el portal del órgano contralor.
"No he sido notificada por la Contraloría aún. Nosotros hicimos dos consultas, para conocer si en realidad la causa por la cual se me acusa es aflictiva o no, ya que por un lado está la suspensión de su derecho a sufragio, y la incapacidad temporal para el ejercicio del cargo. Pensamos que la única pena que es aflictiva es la de inhabilitación del cargo público y las demás penas no son aflictivas, pero no sabemos cómo se va manifestar la Contraloría al respecto", explicó la alcaldesa de San Fabián.
Dentro de los escenarios que se avizoran, en caso que se acate el pronunciamiento de Contraloría, de suspensión de sus cargos, esto se concretaría a partir del momento en que se emita el auto de apertura del juicio que fija el tribunal, lo cual no ha ocurrido, y que ocurrirá al término de la preparación del juicio oral. Mientras tanto, Lorena Jardúa sigue en plena función y ejercicio de su cargo y asegura que si debe alejarse de la alcaldía, esto le servirá para prepararse para el juicio.
"Si se pronuncia con pena aflictiva, efectivamente yo estaría en condiciones de perder el derecho a sufragio y mientras dure el juicio sería suspendida de mis funciones. Lo que a mí me parece muy conveniente, porque voy a estar dos semanas, que dura el juicio, y en las cuales necesito prepararme y estar tranquila y concentrada en el juicio, y no de mis funciones como alcaldesa, y creo que tengo concordancia de la suspensión del cargo", precisó Jardúa.
Preparación de juicio
Si bien en tabla del Tribunal de Garantía de San Carlos estaba contemplado para la jornada de ayer la apertura del juicio oral en contra de la alcaldesa de San Fabián, por el presunto acarreo político, la defensa de la edil solicitó el sobreseimiento definitivo de la causa.
"Mis abogados pidieron el sobreseimiento definitivo de la causa. Aluden a que no se configura el delito, por lo tanto podría existir la causal de sobreseimiento y eso hizo que la parte querellante pidiera la suspensión de la audiencia. Al parecer argumentaron que no fueron notificados, que fue algo más bien administrativo", aseguró Jardúa.
Será en la audiencia fijada para el 16 de noviembre que se analizará el sobreseimiento, que en el caso que sea rechazado por el magistrado, dará pie a la preparación del juicio oral.
"Siento que la contraparte tal vez no estaba preparada para el tema y fue lo que los motivó a pedir que se suspendiera la audiencia de preparación de juicio y también la causa para ver el sobreseimiento. La verdad es que quiero que esto avance lo antes posible, ya que llevo más de tres años en esta tortura, por decirlo de alguna manera, en una persecución política. La he pasado re mal con todo esto y mi familia también y lo único que quiero, es que se termine esto", indicó Lorena Jardúa.
Las sanciones que arriesga la alcaldesa
De acuerdo al delito de incitar u organizar a electores a proporcionar domicilio electoral falso que acusa la fiscalía, se desprenden penas eventuales que parten con una multa de 10 a 50 Unidades Tributarias Mensuales ($2.227.650 mil pesos), otra de presidio menor en su grado medio y la suspensión absoluta y perpetua para el desempeño de cargos y oficios públicos, siendo esta última la única de las tres con carácter de pena aflictiva. Ante este escenario, el equipo de abogados de la alcaldesa solicitó el pronunciamiento de Contraloría.
23 Octubre de 2013
El Tribunal de Garantía de San Carlos acogió la solicitud del Ministerio Público, de formalizar a la Alcaldesa de San Fabián, Lorena Jardua, y al concejal Juan Carlos Parada, por supuesto fraude electoral. 22
Noviembre de 2014, Lorena Jardúa interpuso una querella por el delito de injurias y calumnias en contra de Eulalia Salinas Fernández, quien la denunció en 2012 por "acarreo" electoral, en el marco de las elecciones municipales.