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Aún se tramita decreto para que laguna sea santuario natural

SANTA ELENA. En pausa está realización del expediente completo, debido a la ausencia de encuentros de las partes. Mientras Seremía de Ambiente trabaja en dos proyectos de protección.
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L a declaración de la Laguna de Santa Clara como santuario natural y como la tercera reserva de este tipo en Ñuble, se encuentra a pocos pasos de ser promulgada, sólo falta la redacción del documento final que de cuerpo al expediente que debe ser consignado por el Ministerio de Medio ambiente al Consejo de Ministro para su respectiva aprobación y final publicación en el Diario Oficial.

Este estatus fue ofrecido por el seremi de Medio ambiente en Ñuble, Patricio Caamaño, quien señaló que ya los estudios fueron realizados y que " ahora se deriva al papeleo final que implica crear el expediente", lo que se traduce en términos sencillos en la elaboración del documento que es lo que le da la validez institucional al trabajo que realizan las autoridades responsables del medio ambiente en la región.

Precisó que una vez que el documento está listo, éste tiene que ser derivado a Consejo de Ministros para que ellos estudien la propuesta y pueda ser nombrando como santuario de la naturaleza, y luego la decisión es publicada en el Diario Oficial.

Recordó Caamaño que al pesar del momento sanitario, el Consejo de Ministros recién se reunió el pasado 23 de julio, para lograr "elaborar un pronunciamiento sobre los humedales urbanos, allí una de las novedades que tenemos en la región es Quillón, esto nos va a permitir conocer el nuevo reglamento que va a regir en el caso de los humedales urbanos".

Acotó que en la región, en "forma paralela estamos analizando qué va a pasar con los humedales tradicionales que venían en el Plan Nacional de Humedales, además ya estamos empezando dos procesos más, uno que tiene que ver con el humedal Boca Itata que está entre Coelemu y Trehuaco y lo otro es que estamos trabajando en el área costera marina protegida de múltiples usos para la costa de Ñuble".

Apuntó que "más allá de que pueda existir una persona que realice una acción, va más allá, en quien pueda validarla", para avanzar en los proceso.

Con respecto al tema alcalde de Bulnes, Jorge Hidalgo señaló que desde hace tres años aproximadamente "la última información que tenemos es que ya se había realizado la solicitud para la declaratoria y esperamos que avance con la mayor celeridad posible, para proteger ese ecosistema. Tanto la comunidad como el municipio hemos demostrado y lo seguiremos haciendo, toda nuestra voluntad para proteger el humedal".

Acciones compartidas por la presidenta del Comité Cultural por un Santa Clara Mejor Mireya Lorca , quien manifestó que "para nosotros el día que declaren la laguna como un santuario natural va a hacer como si nos ganáramos uno medalla de oro, para nosotros y los vecinos que viven en esa zona, lo más importante es proteger a una cantidad de especies que viven allí, que finalmente se logré comprar el terreno y se determinen los polígonos de protección de cada una de las áreas".

A pesar de los logros señaló "lamentablemente no hemos podido avanzar más por todo esto del covid y nosotros como ciudadanos hemos estado en cada una de las fases del proyecto y ahora seguimos siendo parte, pero la pandemia no nos permite reunirnos y avanzar".

150 hectáreas para la naturaleza

La Laguna de Santa Elena es un humedal que cuenta con una extensión de 150 hectáreas, que es el hogar de 19 especies de aves entre las que destacan la garza cuca, garza grande, garza chica, huairavo, pidén, treile, cisne de cuello negro, pato jergón grande, tagua , tagua de frente roja , taguita, pimpollo, picurio, yeco, entre otros, además de mamíferos como el coipo; peces como el pejerrey argentino, carpa y pochita; y anfibios como las ranas y sapitos cuatro ojos. Además que el recinto natural se presta para la practica de deportes como el remo con bajo impacto ambiental.

Carabineros del OS7 detuvieron a sujeto que lanzó droga a la Cárcel de Chillán

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Tras diversas diligencias investigativas, Carabineros del OS7 Ñuble detuvo a sujeto que intentó ingresar droga al Centro de Cumplimiento Penitenciario de Gendarmería en Chillán, a través del lanzamiento de un paquete desde el exterior de la dependencia.

El "Volador" (objeto esférico confeccionado con cinta adhesiva) había sido previamente coordinado con los internos que debían recibirlo y comercializarlo, información a la que tuvo acceso el equipo antidrogas y con la cual logró evitar el ilícito.

Previa coordinación con Gendarmería sobre la planificación del lanzamiento, Carabineros pudo detener al sujeto e incautar más de 67 gramos de marihuana elaborada, 400 miligramos de pasta base de cocaína y 129 comprimidos de clonazepam.

El imputado, identificado como J.F.C.C., registra 15 detenciones anteriores por diversos delitos y fue puesto en prisión preventiva durante los tres meses que se extienda la investigación decretada por el Tribunal de Garantía.

Corte mantiene retención de fondos de cuentas corrientes de Itelecom

CASO LUCES LED. Organismo mantuvo la medida cautelar real solicitada por el Ministerio Público.
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La Corte de Apelaciones de Chillán rechazó la solicitud de los representantes del grupo empresarial Itelecom, y mantuvo la medida cautelar real solicitada por el Ministerio Público consistente en retener dineros de las cuentas corrientes del empresario L. M. L. H, imputado por el delito de soborno y de las empresas indagadas por las irregularidades denunciadas en proceso de licitación de recambio de luminarias led del alumbrado público de la comuna.

En fallo unánime la Primera Sala del tribunal de alzada -integrada por los ministros Darío Silva, Claudio Arias y el abogado (i) Juan de la Hoz- confirmó la resolución impugnada, dictada el 8 de julio pasado por el Juzgado de Garantía de San Carlos."(…) el artículo 32 de la ley 19.913 dispone que en la investigación de los delitos contemplados en los artículos 27 y 28 de la presente ley, el Ministerio Público podrá solicitar al juez de garantía que decrete cualquier medida cautelar real que sea necesaria para evitar el uso, aprovechamiento, beneficio o destino de cualquier clase de bienes, valores o dineros provenientes de los delitos materia del proceso. Para estos efectos y sin perjuicio de las demás facultades conferidas por la ley, el juez podrá decretar, entre otras, la prohibición de celebrar determinados actos y contratos y su inscripción en toda clase de registros; retener en bancos o entidades financieras depósitos de cualquiera naturaleza que sean; impedir transacciones de acciones, bonos o debentures (obligaciones); y, en general, cuanto conduzca a evitar la conversión del provecho ilícito en actividades que oculten o disimulen su origen delictual", sostiene el fallo.

El dictamen agrega que "a juicio de esta Corte, las medidas cautelares reales decretadas cumplen tanto con los presupuestos facticos del artículo 157 del Código Procesal Penal como del artículo 32 de la ley 19.913, razón por la cual, y teniendo especialmente presente el delito por el (que) se ha formalizado al imputado, así como la naturaleza de este y la circunstancia que se encuentra en curso una indagatoria por lavado de activos en diversas investigaciones mencionadas por el Ministerio Público, se estima de acuerdo al estado actual de éstas, que subsisten las condiciones para mantener las medidas cautelares reales decretadas respecto del imputado y las empresas Itelecom".