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En Ñuble ya hay 56 infracciones a la nueva ley de polarizados

TRANSPORTES. El objetivo de la norma es asegurar vidrios con buena visibilidad, que no generen distorsiones a los conductores. Las multas por incumplimiento pueden llegar a las 1,5 UTM.
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Alfonso Levet G.

Desde el pasado jueves 11 de agosto comenzó a regir la nueva norma para polarizados en vehículo, y desde ese mismo día las plantas de revisión técnica del país iniciaron la inspección obligatoria de este tipo de elementos, a fin de resguardar la correcta visibilidad de los conductores. La ley 21.147, también conocida como "Ley de Polarizados", regula el uso de vidrios oscuros o polarizados en vehículos motorizados, y señala que vehículos livianos o medianos podrán contar con este tipo de accesorios siempre que cumplan con un factor de transmisión regular de la luz y las certificaciones establecidas en dicho reglamento.

Si bien la norma había sido publicada en marzo de 2019, y entró en vigencia el 11 de marzo de 2020, se había establecido un periodo de marcha blanca de tres meses para informar a la ciudadanía acerca de la verificación del Factor de Transmisión Regular de la Luz (FTRL), que está operativo en las plantas revisoras desde el 11 de mayo de 2022.

"Como ministerio, uno de nuestros ejes es la seguridad vial. Es por ello que queremos comunicar el inicio de la aplicación de una nueva exigencia para los vehículos que realizan el proceso de revisión técnica. Se trata de la exigencia del uso de polarizados con niveles de opacidad regulados, privilegiando que los automovilistas de vehículos livianos y medianos, cuenten con láminas que aseguren niveles de transmisión de la luz adecuados a la hora de conducir", señaló el titular de la cartera en Ñuble, Javier Isla.

Exigencias clave

Desde la seremi de Transportes y Telecomunicaciones explicaron que el objetivo de la norma es asegurar vidrios de visión directa, que no generen distorsiones apreciables de los objetos vistos a través de ellos, y e impidan cualquier tipo de confusión respecto de los colores utilizados tanto en los semáforos como en las señales de tránsito. Es decir que la norma no impide la instalación de accesorios polarizados, sin embargo, establece algunas exigencias clave a tener en cuenta.

Por lo tanto, sólo se permite la instalación de láminas no reflectivas, ni metálicas, ni espejadas, con sello de certificación, y que cumplan con factores adecuados de factores de transmisión de la luz. De instalarlas, las láminas deben ser adheridas en la superficie interna de los vidrios, y no pueden ser de color ámbar, amarillo, rojo ni azul, ni ninguno de sus matices.

Además, el valor del factor deberá ser grabado en la lámina mediante un sello en relieve e indeleble en el que se indicará además el nombre y RUT del instalador, de modo que la información ya señalada pueda ser leída desde el exterior del vehículo.

Martín Condori, de la empresa Polarizados Martin, aseguró que "hay muchos clientes están cambiando sus polarizados para ajustarse a la nueva exigencia. Nosotros incluso ofrecemos el servicio de hacer la medición antes de que se vayan a la revisión técnica".

Eso sí, este servicio significó una inversión para el negocio, "tuvimos que comprar la máquina para medir el polarizado, porque algunos autos ya vienen polarizados, entonces algunos se pueden polarizar y otros no, así que nos ajustamos a la normativa y comprar material, que también es distinto. Antes existía hasta 5%, ahora hay 70% y 28%".

De acuerdo con la información entregada a Crónica Chillán por Carabineros, desde el término de la marcha blanca definida para la modificación de esta normativa, en Ñuble han sido infraccionados 56 conductores por circular en vehículos que han incumplido la disposición.

El prefecto de Ñuble, coronel David López Oyarce, señaló que "se trata principalmente de vehículos que cuentan con vidrios polarizados, cuyos conductores no han portado al momento de la fiscalización la información técnica que indica la condición o gradualidad del polarizado y que, por lo tanto, no ha sido posible establecer si la lámina cuenta con el porcentaje de transmisión regular de luz que es exigido por la Ley de Tránsito".

Además, el oficial hizo un llamado a la comunidad, "a revisar la normativa, informarse respecto a las sanciones, conocer con expertos las ventajas y desventajas del polarizado, que lo realicen con empresas certificadas para ello y que le puedan otorgar los datos técnicos respaldados, sobre la gradualidad de las láminas".

Las plantas de revisión técnica, podrán fiscalizar el cumplimiento de esta nueva legislación en los controles anuales, mediante la verificación del FTRL en el polarizado de los vidrios.

Carabineros tiene facultad fiscalizadora. Si los vehículos no cuentan con su Revisión Técnica aprobada, podrán recibir multas que van desde 1 a 1,5 Unidades Tributarias Mensuales.