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Llamado a vacunarse

Los esfuerzos se han concentrado en incentivar a la población para recibir las dosis que correspondan contra el covid-19 y la influenza.
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La Organización Panamericana de la Salud (OPS) ha advertido que el continente americano enfrenta una "crisis inminente" de rebrote de enfermedades que se daban por superadas, por el rezago en los servicios públicos de vacunación.

Según el organismo, la pandemia de covid 19 agravó el rezago en las inmunizaciones de enfermedades como la poliomielitis, el sarampión o la difteria o meningitis, que podrían rebrotar en Latinoamérica, ya que se estima que el riesgo de brotes nuevos y emergentes está en el nivel más alto de los últimos treinta años. Históricamente, América ha liderado el control de enfermedades como la poliomielitis, erradicada en 1994; el sarampión, en 2016; y el tétano, en 2017. Pero en la última década se han registrado graves retrocesos, como una caída drástica en las tasas de cobertura de vacunación.

Durante estos días, los esfuerzos se han concentrado en incentivar a la población en general, para concurrir a los centros a recibir las dosis que correspondan contra el covid 19 y la influenza.

Asimismo, la ministra de Salud, Ximena Aguilera, anunció hace unos días la incorporación de la vacuna contra la meningitis para menores de dos a cuatro meses al calendario anual. Se trata de una dosis que se administra en forma gratuita en los centros de salud primarios, ya que durante la pandemia se redujo la cobertura de vacunación, por lo que ahora hay más riesgo de reaparición de estas enfermedades. En la actualidad, la meningitis continúa siendo un gran problema mundial de salud pública y en Chile hay que frenarla a tiempo.

Profundización de ley SANNA

Ministra anunció hace unos días la incorporación de la vacuna contra la meningitis para menores de dos a cuatro meses al calendario anual. Según últimos registros administrativos de la Superintendencia de Seguridad Social del año 2022 , 3.080 niños (as) afectados por una condición grave de salud, han podido ser acompañados por sus padres desde la entrada en vigencia de la ley.
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Hace unos días aprobamos en el primer trámite constitucional la profundización de los beneficios de la ley N° 21.063, más conocida como la ley SANNA, junto con modificaciones que alteran el mecanismo del seguro asociado. La ley SANNA entrega un alivio económico y laboral para aquellos trabajadores y trabajadoras con hijos e hijas afectados por una condición grave de salud, permitiéndoles dedicarse al cuidado y acompañamiento por medio de un seguro que contempla un permiso con ausencia justificada al trabajo durante un tiempo determinado, recibiendo en ese periodo un subsidio que reemplaza total o parcialmente su remuneración o renta mensual.

Desde el año 2020 se encuentran vigentes las 4 contingencias que posibilitan el acceso al seguro (cáncer, trasplante de órgano sólido y de progenitores hematopoyéticos, fase o estado terminal de la vida, accidente grave con riesgo de muerte o secuela funcional grave y permanente), y según últimos registros administrativos de la Superintendencia de Seguridad Social del año 2022 , 3.080 niños y niñas afectados por una condición grave de salud, han podido ser acompañados por sus padres y madres desde la entrada en vigencia de la ley.

El proyecto de ley profundiza los beneficios de esta ley en las siguientes dimensiones, explicita que los beneficiarios del seguro son los padres, entendido como filiación. Esto permite incluir a padres homoparentales. Aumenta el plazo de la licencia otorgada de 15 a 30 días. Duplica la duración de los diferentes permisos considerados, de 90 a 180 días máximo, para padres de hijos afectados por cáncer. De 90 a 180 días máximo para padres de hijos que hayan recibido un trasplante de órgano sólido. De 30 a 60 días de permisos de media jornada.

Faculta a la Superintendencia de Seguridad Social a aumentar los plazos de los permisos a los trabajadores, en hasta 90 días cuando haya calamidad pública o alerta sanitaria por enfermedad contagiosa. Entrega fuero de 1 año después de usado el permiso a los trabajadores, en vez de limitar los despidos por necesidades de la empresa como hace la ley actual. Agrega traspaso de los días de permiso, en caso de fallecimiento, que le correspondían al progenitor sobreviviente.

En caso de violencia intrafamiliar, los días de permiso sólo pueden ser usados por la víctima y no por el victimario. Elimina distinción en el devengo de las licencias en función de su extensión (si son más o menos de 10 días), lo que permite que se devengen siempre al primer día. Establece que las multas por declaraciones tardías, incompletas o erróneas sean aportes al seguro de accidentes laborales y al seguro de la ley SANNA, en partes iguales. Sin duda es una buena noticia para padres con sus hijos enfermos y para los propios niños, esperamos que pronto el senado lo apruebe y sea ley.

Frank Sauerbaum,

diputado por Ñuble